Violencia

¿Cuáles son los derechos de los niños en lo que se refiere a vivir a salvo de la violencia? ¿Por qué son importantes?

Ser capaz de llevar una vida libre de toda clase de violencia determina si el niño y, de hecho, cualquier persona pueda disfrutar y ejercer sus derechos humanos de forma plena.

Los niños son especialmente vulnerables a la violencia debido a su edad, y en particular los mas jóvenes debido a que desconocen sus propios derechos y no son capaces de hablar a su favor y defenderse. La mayoría de las veces, la violencia contra los niños se comete a manos de los adultos, incluidos aquellos en posiciones de confianza. Se comete en todos los contextos de las vidas de los niños, incluida la escuela, el sistema penal, los ámbitos de atención alternativa, los lugares de trabajo y en casa.

Cuando pensamos en la violencia lo primero que nos viene a la mente es el maltrato físico. Sin embargo, a menudo la violencia va más allá del aspecto físico y, especialmente para los niños, supone formas de abandono y explotación, así como maltrato psicológico. De hecho, la naturaleza invisible de algunos tipos de maltrato, ya sea porque no dejan indicios físicos o se cometen a puerta cerrada, no invalidan el daño que causan.

No obstante, a pesar de la conciencia instintiva de que estar expuesto a la violencia  afecta al desarrollo, bienestar y supervivencia de la víctima, muchos estados siguen tolerando diversas formas de violencia contra los ciudadanos más vulnerables, lo cual es preocupante. En muchos países, se puede castigar físicamente a los niños como acto de disciplina, un acto que puede equivaler a una agresión delictiva si se comete contra un adulto. Los sistemas de justicia en algunos países también permiten que se condene a los niños a azotes, amputaciones o incluso a la pena de muerte, probablemente la forma más flagrante de violencia física. La discriminación, también significa que ciertos grupos de niños, como las niñas o los niños de las minorías, se encuentren en mayor riesgo de sufrir formas específicas de violencia. La prevención y la protección son claves para proteger a los niños y asegurar su capacidad para disfrutar plenamente de sus derechos. Sin embargo, la falta de acción al respecto por parte de un estado constituye abandono, una forma de violencia en sí misma, que deja a los niños expuestos a más abusos o a riesgo de ellos.  

En reconocimiento de los efectos dolorosos y persistentes que la violencia puede tener sobre los niños, la Secretaría General de las Naciones Unidas encargó realizar un estudio en 2006 para documentar la importancia del problema en todo el mundo y estableció el mandato de la Representante Especial del Secretario General (SRSG) sobre la violencia contra los niños.

Artículos relevantes a la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC) en cuanto a violencia:

  • Derecho a la protección frente al abuso y el abandono (artículo 19): El Estado protegerá al niño frente a toda clase de maltrato por parte de los padres u otros responsables a cargo del cuidado del niño y establecerá los programas sociales apropiados para la prevención del abuso y del trato a las víctimas.
  • Supervivencia y desarrollo (artículo 6): Cualquier niño tiene el derecho inherente a la vida y el Estado tiene la obligación de asegurar la supervivencia y el desarrollo del niño.
  • Explotación infantil (artículo 32): El niño tiene derecho a ser protegido frente al trabajo que amenace su salud, educación y desarrollo. El Estado establecerá las edades mínimas para trabajar y regulará las condiciones de trabajo.
  • Consumo de drogas (artículo 33): Los niños tienen el derecho a ser protegidos frente al uso de narcóticos y drogas psicotrópicas y frente a una posible implicación en su producción y distribución.
  • Explotación sexual (artículo 34): El Estado protegerá a los niños frente a la explotación y el abuso sexual, incluida la prostitución y la implicación en pornografía.
  • Venta, tráfico y secuestro (artículo 35): Es deber del Estado esforzarse al máximo para evitar la venta, el tráfico y el secuestro de niños.
  • Otras formas de explotación (artículo 36): El niño tiene derecho a la protección frente a toda forma de explotación perjudicial para cualquier aspecto del bienestar del niño que no esté reflejado en los artículos 32, 33, 34 y 35.
  • Tortura y privación de la libertad (artículo 37): Ningún niño será objeto de tortura, tratamiento o castigo cruel, arresto ilegal o privación de la libertad. Tanto la pena capital como la cadena perpetua sin posibilidad de puesta en libertad están prohibidas para los delitos cometidos por personas menores de 18 años. Cualquier niño al que se le prive de libertad será apartado de los adultos a menos que se considere que el no hacerlo  sería lo mejor para el niño. Un niño que sea detenido tendrá asistencia legal y de otro tipo, además de contacto con la familia.