26 junio 2008 - CRINMAIL EN ESPAÑOL - Índice de Resumen 82
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**NOTICIAS EN BREVE**
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Sus contribuciones son bienvenidas si está trabajando usted en el área de los derechos de la niñez. Envíe sus contribuciones a [email protected].
Si usted no recibe este mensaje en formato HTML, no podrá ver algunos de los hyperlinks en el texto. Por lo tanto, hemos añadido el URL completo al final de cada ítem que se vincula a una página web donde se puede encontrar más información.
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EXAMEN PERIÓDICO UNIVERSAL: Kit de herramientas [publicación]
El Examen Periódico Universal (EPU) es un nuevo mecanismo bajo el cual el Consejo de Derechos Humanos examinará la situación de derechos humanos en cada Estado Miembro de la ONU. Cada Estado será examinado cada cuatro años.
Se espera que la UPR se convierta en la piedra angular de la reciente creación del Consejo de Derechos Humanos. Como tal representa una oportunidad excelente para hacer los derechos de los niños centrales al trabajo del Consejo.
Este kit de herramientas, que fue elaborado por el Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Derechos Humanos y traducido al español por DCI International, consiste en:
El kit de herramientas cumple mejor sus objetivos si lo utiliza mientras está conectado con internet. Hay muchos enlaces externos que le proporcionarán más información si quiere profundizar su conocimiento sobre la ONU, el mecanismo de los derechos humanos, y el EPU.
Tenga en cuenta que esta información está sujeta a cambios ya que el EPU es un Nuevo proceso, y es posible que la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH) adapte las directrices para remitir informes.
Se puede hallar información actualizada en la página de noticias de CRIN sobre el Consejo de Derechos Humanos.
Kit de herramientas: versión adaptada para el internet por CRIN.
La versión completa está disponible aquí.
Para más información, póngase en contacto con:
Grupo de Trabajo para el Consejo de Derechos Humanos
Cecile Trochu, co-Convenor
OMCT
Email: [email protected]
o Jennifer Grant, co-Convenor
Save the Children UK
Email: [email protected]
Sitio web: http://www.crin.org/docs/resources/publications/NGOCRC/subgroup-CHR.asp
Visite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17600
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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN ¿Qué significa para los niños la escalada en los precios de los alimentos? [publicación]
Introducción: ¿Qué significa para los niños la escalada en los precios de los alimentos?
En las últimas semanas se han multiplicado los informes sobre una "Crisis Global de la Alimentación", a la vez que agencias de las Naciones Unidas, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (IMF) se unen a las Organizaciones No Gubernamentales para expresar su preocupación ante la subida vertiginosa del precio de la alimentación.
El presidente del Banco Mundial, Robert Zoellick, ha alertado que la escalada de los precios podría agudizar la situación de pobreza de 100 millones de personas.
Mientras tanto, el IMF declaró que cientos de miles de personas están en riesgo de morir de hambre. La inseguridad alimenticia afecta especialmente a los niños y otros grupos vulnerables.
La Unicef expresó preocupación ante el hecho de que la carestía de los alimentos podría forzar a las familias a gastar más en menos alimentos y a quitar a sus hijos de la escuela para que trabajen y ganen dinero.
La agencia observó que aparecerá un problema más grave si se dejan de ofrecer comidas escolares debido a la falta de recursos ya que la única comida más o menos equilibrada que muchos niños toman es precisamente la que se ofrece en las escuelas.
¿Por qué se están disparando los precios?
La subida de precios se debe a una mezcla de elementos de oferta y de demanda.
En cuanto a la oferta, la producción de alimentos se ve afectada por factores climáticos en las regiones de mayor cultivo tales como los Estados Unidos, Brasil y Australia. En los últimos dos años se han producido malas cosechas pero los niveles globales de producción alimentaria no son mucho menores que antes.
Es cierto que el cambio climático y un clima mucho más variable tienen ahora un efecto determinante sobre la oferta, particularmente en el África Austral y el Sur Asiático. Pero de hecho en América Latina y en la mayoría de los países desarrollados, el cambio climático mejorará la producción alimentaria.
La demanda es un factor mucho más importante a la hora de determinar el precio de los alimentos. La mayor demanda se debe a tres razones principales:
1. Mayores ingresos en la mayor parte del mundo, especialmente en China y la India. Mientras que la cantidad de alimentos consumidos varía poco (tan sólo se puede comer cierta cantidad), unos mayores ingresos normalmente dan lugar a una dieta más variada y de mejor calidad, con un mayor consumo de carne y de leche. Los animales que producen carne y leche son generalmente alimentados con cereales, con lo cual a mayor demanda de carne, mayor demanda de cereales.
2. Un enorme incremento en la demanda de productos alimenticios (maíz, azúcar, aceite de palma) para combustibles biológicos. Con un precio del petróleo que alcanza niveles récord, la producción de biocombustibles se hace comercialmente viable; además muchos gobiernos están fomentado la producción de estos combustibles por cuestiones de seguridad energética.
3. El comercio especulativo en materias primas como productos alimenticios ha crecido considerablemente, lo que también ha contribuido a subidas de precios.
En resumen, los alimentos ya no sólo van a parar a la boca de la gente. Sino que sirven para "alimentar" a las centrales eléctricas, los coches y a un creciente número de animales. Hay más competición por la comida que está disponible.
¿Qué significa esto?
Significa que los precios de los alimentos se están disparando y ya no hay tanta ayuda alimenticia.
Algunas regiones estarán en mejor situación que otras, mientras que el África subsahariana y el sur asiático se verán gravemente afectados.
Unos alimentos más caros tendrán distintas consecuencias para personas distintas, pero serán los más pobres (en las zonas urbanas y rurales del África subsahariana y del sur asiático) quienes más sufran y es probable que las desigualdades se agudicen. El impacto sobre las familias individuales ha recibido menos cobertura mediática que los temores a posibles disturbios sociales
Si los ingresos permanecen fijos pero los alimentos suben de precio, entonces por necesidad hay que disminuir gastos, ya sea en la educación o en la salud.
Impacto sobre los derechos de los niños
Esto tendrá un impacto sobre una variedad de derechos de los niños:
- Hambre: Las comidas más baratas son menos variadas y tienen menos micronutrientes lo que aumenta el riesgo de sufrir retrasos en el crecimiento; Si las familias no pueden permitirse comer suficientes calorías (aún menos alimentos variados) entonces el hambre y la desnutrición aguda se convierten en una posibilidad, pero estas son situaciones extremas y lo más probable es que primero ocurra lo siguiente
- Salud: menos personas se podrán permitir un tratamiento donde el sistema sanitario no sea gratuito y los costes indirectos (transporte, etc.) sean importantes
- Educación: disminuyen las inscripciones y la asistencia a la escuela secundaria que es más costosa, pero también podrían disminuir las inscripciones a la escuela primaria entre las familias más pobres
- Protección: si no se pueden recortar gastos entonces se tratará de aumentar los ingresos, y para los más pobres esto significa recurrir a actividades peligrosas y de explotación: Por ejemplo, sacando a los niños del colegio para que trabajen o recurriendo a la actividad sexual remunerada.
Efecto final:
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Mayor pobreza especialmente para aquéllos en las regiones más pobres
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Mayor desigualdad y tensiones
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Menor acceso a y uso de los servicios básicos debido a la pobreza
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Posibilidad de crisis alimenticias que afecten sólo a una parte de la población, en zonas donde hay alimentos pero estos están fuera del alcance de la mayoría, y en zonas "no tradicionales" como las ciudades
(Agradecemos a Michael O'Donnell, experto en Hambre de Save the Children UK, quien nos ha proporcionado este análisis).
¿Qué se puede hacer?
Numerosos informes y recomendaciones tratan de la crisis alimentaria. Las opiniones varían dependiendo de las lealtades políticas. Chatham House - instituto británico independiente de estudios internacionales- ha producido un informe llamado Subida De los Alimentos: Incentivos y Consecuencias para el Desarrollo, que aborda unas cuestiones clave. Los autores mantienen lo siguiente:
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De inmediato, la prioridad es aumentar la cantidad y la calidad de la ayuda humanitaria a los pobres, abandonando incluso el reparto de comida en favor de transferencias de dinero en efectivo y sistemas de vales canjeables. Sin embargo es importante recordar que quedan preguntas respecto al funcionamiento de estos sistemas de protección social y por ello no deberían ser considerados como una panacea. Para aquellos países que tengan a dificultades con su balanza de pagos también se podría considerar la posibilidad de financiamientos compensatorios.
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A largo plazo, el desafío principal es aumentar la producción de alimentos: El Banco Mundial estima que la demanda de alimentos aumentará en un 50% hacia el 2030 como consecuencia de la mayor prosperidad y creciente población mundial. Será necesario algo parecido a una revolución y una inversión masiva en la agricultura de los países en desarrollo para poder responder a este desafío.
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Si la producción no consigue seguir el ritmo de la demanda, la "distribución equitativa" se convertirá en un asunto de importancia global. Ya en estos momentos, la alimentación más rica en carne y productos lácteos - que requiere grandes cantidades de grano - adoptada una clase media global emergente, provoca que los alimentos básicos sean todavía más inasequibles para los consumidores pobres.
Datos y cifras - unos precios desorbitados
La información siguiente recoge los aumentos en los precios de los alimentos entre los meses de enero y marzo de este año:
Trigo: 130%
Soja: 87%
Arroz: 74%
Maíz: 31%
[Fuentes: Bloomberg, BBC, UNICEF]
Para una información más detallada, visite la página web de la BBC especialmente dedicada a este tema: http://news.bbc.co.uk/1/hi/world/7284196.stm
El Derecho a la Alimentación - Un enfoque basado en los derechos fundamentales
Tanto la Convención sobre los Derechos del Niño como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establecen un derecho a la alimentación. Obsérvese que ambos tratados contemplan, no sólo el derecho a la alimentación, sino a una alimentación adecuada y el Pacto va incluso más allá al precisar que la alimentación debe ser nutritiva.
La Convención sobre los Derechos del Niño
El artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño precisa que los Estados están obligados a tomar medidas apropiadas tales como: "Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados..."
En cuanto al derecho a la salud, el mismo artículo insiste en que: "Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud..."
El único comentario General publicado por el Comité de los Derechos del Niño, respecto a la salud o la alimentación es el comentario general número 4 sobre la Salud de los Adolescentes.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)
El artículo 11 del Pacto sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales declara:
"Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso una alimentación adecuada...
...Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales...
...Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan"
En cuanto al derecho a la salud, el Artículo 12 declara: "Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental."
El Comentario General 12 del Pacto decreta lo siguiente:
"El derecho a una alimentación adecuada se encuentra realizado cuando todo hombre, toda mujer y todo niño, solo o en comunidad con los demás, tiene físicamente y económicamente la posibilidad de acceder a una alimentación adecuada o a los medios para conseguirla."
Directrices Voluntarias para apoyar el Derecho a la Alimentación
En el año 2005, el Consejo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) adoptó unas "directrices para apoyar la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional."
El objetivo de las Directrices Voluntarias es proporcionar una orientación práctica para los Estados en sus esfuerzos por lograr la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, para alcanzar los objetivos del Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación.
Las Directrices constituyen un instrumento adicional para luchar contra el hambre y la pobreza. Las Directrices Voluntarias representan el primer intento por los gobiernos de interpretar un derecho económico, social y cultural y de recomendar las medidas que hayan de adoptarse para su realización. Más aún, representan un paso hacia la integración de los derechos humanos en la labor de los organismos que se ocupan de la alimentación y la agricultura.
Visite la página web de la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO): http://www.fao.org/righttofood/portal_en.htm
El Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación
La Comisión sobre los Derechos Humanos (llamada ahora Consejo de los Derechos Humanos) solicitó que el Relator Especial desempeñara las funciones siguientes:
(a) Buscar, recibir y responder a toda información relacionada con la realización del derecho a la alimentación, incluyendo la necesidad urgente de erradicar el hambre;
(b) Establecer lazos de cooperación con Gobiernos, organismos intergubernamentales, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y organizaciones no gubernamentales para la promoción y desarrollo del derecho a la alimentación; hacer las recomendaciones que sean necesarias para la realización de este derecho tomando en cuenta la labor ya efectuada en este ámbito a través del sistema de las Naciones Unidas; e
(c) Identificar cualquier problema nuevo que aparezca en relación con el derecho a la alimentación en el mundo (resolución 2000/10).
El Relator actual es el Sr. Jean Ziegler (Suiza), quien será próximamente reemplazado por el Sr. Olivier de Schutter (Bélgica).
Léase el último informe del Sr. Ziegler dirigido al Consejo de Derechos Humanos
¿Qué es un Relator Especial? ¿Qué son los Procedimientos Especiales?
Lo que significa un enfoque basado en los derechos fundamentales
Los derechos humanos, entre otras cosas, promueven la imparcialidad, igualdad y justicia. Como tales, el espíritu de estos derechos requiere la distribución equitativa de los recursos alimentarios. Eso significa que las personas no deberían depender de la caridad o de la ayuda alimentaria para poder comer adecuadamente a largo plazo. Algunos ejemplos de lo que "pueden hacer" los derechos incluyen:
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El Relator Especial puede poner de manifiesto cuestiones como la violación del derecho a la alimentación de los niños. Puede visitar países, hacer llamamientos de urgencia o enviar cartas de denuncia a los gobiernos. También puede aconsejar sobre cuestiones técnicas y presentar informes ante el Consejo de Derechos Humanos.
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El derecho a la alimentación se considera como parte de la "segunda generación" de derechos, los llamados económicos, sociales y culturales. Estos proclaman el derecho de toda persona a una parte equitativa de los recursos de un país. Pueden hacerse cumplir ante los tribunales, y algunos casos se han defendido con éxito usando mecanismos de protección de derechos humanos internacionales y nacionales.
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Ciertos autores opinan que un enfoque basado en los derechos fundamentales "aborda las cuestiones de poder que están en el origen de la pobreza y la explotación" y permite "mover el énfasis del fracaso personal de los "pobres" al fracaso de las estructuras y políticas macroeconómicas aplicadas por los estados y organismos internacionales."
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El Comité de los Derechos del Niño, y el Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que supervisan la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pueden publicar informes sobre los progresos realizados por los Estados en materia de ejecución de derechos tales como el Derecho a la Alimentación. También pueden ayudar a responsabilizar a los gobiernos y a movilizar a la sociedad civil.
Vea nuestra guía sobre la programación basada en los derechos fundamentales.
¿Le confunden estos términos? Visite la Información completa sobre los derechos del niño
Visite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17605
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COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO: Información sobre las elecciones
En diciembre de 2008, expirarán los mandatos de nueve de los miembros del Comité de los Derechos del Niño. Sus nombres son: Sra. Alya Ahmed Bin Saif Al-Thani (Qatar), Sra. Joyce Aluoch (Kenia), Sra. Yanghee Lee (República de Corea), Sr. David Brent Parfitt (Canadá), Sr. Awich Pollar (Uganda), Sr. Kamal Siddiqui (Bangladesh), Sra. Lucy Smith (Noruega), Sra. Nevena Vuckovic-Sahovic (Serbia) y Sr. Jean Zermatten (Suiza). Las elecciones de los nuevos miembros se celebrarán en diciembre de 2008 en una reunión de los Estados Partes en las Naciones Unidas en Nueva York.
El proceso de designaciones
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En Junio de 2008, los Estados Partes de la Convención sobre los Derechos del Niño recibirán una carta de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en nombre del Secretario General de Naciones Unidas pidiendo las nominaciones para designar a los miembros del Comité.
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Los Estados Partes deberán enviar las nominaciones a la Oficina del Alto Comisionado antes de finales de agosto
¿Quién puede ser nominado?
El artículo 43(2) de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que “el Comité estará integrado por dieciocho expertos de gran integridad moral y reconocida competencia en las esferas reguladas por la presente Convención.1/Los miembros del Comité serán elegidos por los Estados Partes entre sus nacionales y ejercerán sus funciones a título personal, teniéndose debidamente en cuenta la distribución geográfica, así como los principales sistemas jurídicos.”
Sin ningún criterio adicional para la selección de los candidatos, a continuación figuran algunas sugerencias acerca del perfil recomendado de los candidatos:
- Que cuenten con experiencia probada en el ámbito de los derechos humanos, especialmente en cuanto a derechos del niño
- Que sean independientes e imparciales.
- Que ofrezcan disponisbilidad de tiempo para el desempeño de sus funciones en el Comité.
- Que cuenten con experiencia en ONG.
- Los candidatos deberán ser conscientes y respetuosos de las diferencias culturales.
¿Qué papel juegan las ONG en el proceso de nominación?
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Aunque las ONG no pueden nominar a candidatos, pueden ejercer presión sobre su Estado Parte para que nomine a un buen candidato que corresponda con los criterios mencionados anteriormente.
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Las ONG promoverán un proceso de selección abierto y transparente en el cual el Estado Parte deberá hacer un anuncio del puesto y entrevistar a los candidatos potenciales. Esto no sucede habitualmente pero es el comportamiento que hay que fomentar.
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Las ONG pueden buscar candidatos cualificados en su país. En la medida de lo posible, esto se llevará a cabo antes de la petición oficial de las nominaciones de Naciones Unidas.
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El candidato potencial deberá confirmar que él/ella puede y desea aceptar el puesto. Es importante asegurarse de que el candidato pueda faltar a su lugar de trabajo doce semanas al año (tres veces cuatro semanas) sin remuneración de Naciones Unidas, excepto para los gastos de transporte y las dietas.
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Las ONG deberán alentar a los funcionarios del Gobierno que trabajan en cuestiones del niño o en el Ministerio responsable de supervisar la aplicación de la Convención a que apoyen al candidato propuesto.
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Las ONG enviarán una carta al Ministerio de Asuntos Exteriores con argumentos razonados que expliquen por qué el candidato propuesto es un buen candidato ya que generalmente el Ministro de Asuntos Exteriores es el que lo nomina. Es importante animar a los Gobiernos a que nominen a un candidato únicamente por sus méritos y no por consideraciones políticas.
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Las ONG deberán trabajar estrechamente con UNICEF en este proceso ya que a menudo gozan de la confianza de altos funcionarios gubernamentales.
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Es importante que el candidato propuesto tenga un apoyo fuerte del Gobierno ya que las elecciones forman parte de un proceso político en el cual la presión que el Gobierno esté dispuesto a ejercer asegura a menudo la elección del candidato. Por lo tanto, es esencial que las ONG convezcan al Gobierno de que un buen candidato que tenga los criterios recomendados podría no sólo consolidar el Comité sino también reforzar el prestigio del país.
Para más información, consulte el documento: Información para las ONG acerca de las elecciones para designar a los miembros del Comité de los Derechos del Niño.
Para más información, póngase en contacto con Lisa Myers, correo electrónico: [email protected].
Grupo de ONGs para la Convención sobre los Derechos del Niño
1 rue Varembé, 1202 Ginebra, Suiza
Tlf: + 41 22 740 47 30; Fax: + 41 22 740 1145
Sitio web: www.crin.org/NGOGroupforCRC
Visite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17527&flag=report
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PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN: El visto bueno para el PID ESC genera luz verde para CDN [noticia]
[GINEBRA, 19 de Junio de 2008] – El Consejo de Derechos Humanos ha adoptado un Protocolo Facultativo para un procedimiento de comunicación que fortalezca la protección de los derechos económicos, sociales y culturales.
El Protocolo permitirá a las personas solicitar la petición de un órgano internacional de derechos humanos acerca de violaciones de derechos garantizados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por sus siglas en inglés).
El movimiento esclarece el camino para trabajar en un instrumento paralelo a la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). Durante una reunión reciente, los participantes indicaron que los Estados pueden estar poco dispuestos a comenzar a trabajar en un procedimiento de comunicación para la CDN hasta que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, instrumento paralelo, se haya acordado.
Las ONGs han estado llevando a cabo campañas para el establecimiento de tal instrumento, argumentando que permitiría a los niños y a sus defensores a apelar cuando las soluciones domésticas o regionales fallan o simplemente no existen. Ejercería una nueva presión en los Estados Partes a cumplir con sus obligaciones y también los alentaría a proporcionar soluciones efectivas a nivel nacional.
Más de 400 organizaciones internacionales y nacionales habrán firmado la petición: “Un llamado internacional para fortalecer el cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño mediante la redacción de un Protocolo Facultativo para proporcionar un procedimiento de comunicación”.
Nuevo procedimiento, bienvenido
Louise Arbour, Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, dio el visto bueno a los acontecimientos. "Este es un logro altamente significativo", dijo. "El Protocolo proporcionará una importante plataforma para exponer los abusos que a menudo están vinculados a la pobreza, la discriminación y el descuido, y que frecuentemente las víctimas suelen soportar en silencio y desamparo. Adicionalmente, proporcionará un medio para que los individuos, quienes de otro modo estarían aislados e impotentes, logren que la comunidad internacional esté al tanto de su situación. "
Aprobado por el Consejo de Derechos Humanos el 18 de Junio, se espera que el Protocolo obtenga la última aprobación por la Asamblea General de las Naciones Unidas a finales de este año. Después de esto, el Protocolo entrará en vigor una vez que haya sido ratificado por diez Estados.
"Desde la adopción de los dos principales pactos internacionales de derechos humanos en 1966, la carencia de un procedimiento de queja referente a los derechos económicos, sociales y culturales ha sido una pieza faltante en el sistema de protección de los derechos humanos a nivel internacional" dijo Arbour.
Información adicional
Visite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17634
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EL SALVADOR: V Foro de ONG Iberoamericano [noticia]
En el marco de los espacios de incidencia que la REDLAMYC ha ido consolidando dentro del Sistema Iberoamericano, las redes nacionales de ONG de niñez y adolescencia integradas a la REDLAMYC y las ONG internacionales presentes en la región han llevado a cabo en la semana del 16 al 18 de Junio en la Ciudad de San Salvador, el V Foro de ONG iberoamericano.
El mismo denominado “Seguridad y Desarrollo Humano. Ejes para un Sistema de Protección Integral de la niñez y la juventud” se llevó a cabo los días previos a la Cumbre de Ministros y Ministras de Niñez y Adolescencia de la región la cual se desarrolló en el marco de la cumbre de jefes de estado a realizarse el 30 y 31 de octubre bajo el tema "Juventud y Desarrollo”, en la misma ciudad.
Los objetivos que centraron el V Foro Iberoamericano de ONGs de Infancia y Adolescencia fueron:
1. Incidir en el debate y contenido de la declaración final de la X Conferencia Iberoamericana de Infancia y Adolescencia, que sostendrán los Ministros, Ministras y Altos Responsables de la Niñez y Adolescencia de Iberoamérica en el marco de la XVIII Cumbre de jefes de Estado y de gobierno, a fin de promover la consideración del enfoque de derechos, políticas públicas e inversión hacia la niñez que propicie un desarrollo integral de la niñez y juventud.
2. Lograr acuerdos mínimos a nivel regional entre las ONGs que permitan la identificación de estrategias y mecanismos de seguimiento y monitoreo para dar respuesta a los compromisos surgidos en anteriores foros y seguimiento a los temas vinculados al espacio Iberoamericano en el cumplimiento de derechos de la niñez, adolescencia y juventud.
Durante la misma participaron representantes de 17 países de America Latina, el Caribe y España. como delegados/as de las coaliciones y redes nacionales de ONGs de niñez y adolescencia de sus países comprometidas en la defensa y promoción de los derechos humanos y en particular de las niñas, niños y adolescentes en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño.
El desarrollo del mismo permitió profundizar en el análisis de la temática así como en la construcción de un documento de posición regional ante la misma.
Como elemento a destacar, previo al Foro de ONG y con el apoyo del mismo se llevó a cabo un encuentro nacional de niños, niñas y adolescentes organizados procedentes de todo el país, para el análisis y aporte sobre la temática desde su visión y su cotidianeidad. Durante dos días 150 niños, niñas y adolescentes debatieron sobre sus derechos y elaboraron una declaración la cual fue leída y entregada a cada participante no solo durante el Foro de ONG sino también en el marco de la reunión de representantes de gobierno.
Los temas centrales analizados durante el Foro fueron:
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Violencia contra niños, niñas y adolescentes
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Inversión en la niñez
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Monitoreo y seguimiento de los compromisos regionales sobre niñez y adolescencia
Información adicional
Para más información, póngase en contacto con:
Red latino americana y caribeña por la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes REDLAMYC
Carlos Roxlo 1320 entre Guayabos y José Enrique Rodó, Montevideo, Uruguay
Tel: +598 2 4003081
Email: [email protected]
Sitio web: http://www.redlamyc.info
Visite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17629
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CONSEJO DE EUROPA: Campaña para prohibir el castigo físico [noticia]
[16 de junio de 2008] - El Consejo de Europa ha impulsado una campaña contra el castigo físico a los niños, que pretende acabar con esta forma de represión infantil y concienciar a los padres de la importancia de ejercer una educación positiva en sus hijos.
Según ha informado el Consejo de Europa, esta iniciativa, que se desarrollará bajo el lema "¡Levanta la mano contra los azotes!", tiene como principales objetivos la prohibición completa de los castigos físicos a los niños, la promoción entre los padres de una forma de educar positiva y la concienciación sobre los derechos de los pequeños en toda Europa.
"El Convenio Europeo de Derechos Humanos protege los derechos de todos los seres humanos, no hay notas a pie de página que precisen que sólo se refieren a los derechos de los adultos", ha declarado Maud de Boer-Buquicchio, secretaria general adjunta del Consejo de Europa, durante la ceremonia de lanzamiento de la campaña.
"La cuestión de la abolición del castigo físico a los niños no se decide en función de los sondeos de opinión, se trata de una cuestión de visión y de decisión política. ¿Por qué al golpear a un adulto uno se expone a ser perseguido judicialmente y, sin embargo, cuando se pega a un niño, no pasa nada? Son los adultos los que deben hacer que esta situación cambie", se preguntó Boer-Buquicchio.
Información adicional
Visite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17620
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VACANTES: Comisión Interamericana de Derechos Humanos
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Especialista Principal en Derechos Humanos
La Comisión Interamericana busca especialista principal en derechos humanos. Responsabilidades incluirán: asesorar y asistir a la Comisión en cuestiones relacionadas con las normas en materia de derechos humanos mediante la preparación y revisión de casos, opiniones jurídicas escritas y orales; prestar servicios de asesoría técnica a los órganos, organismos y entidades de la Organización, en relación con la redacción e implementación de los instrumentos jurídicos internacionales en el campo de los derechos humanos; e implementar el sistema de peticiones individuales regido por los instrumentos interamericanos de derechos humanos.
Leer más: http://www.cidh.org/abogado.P-4.avisodevacante.Junio2008.htm
Plazo para la presentación de aplicaciones: 23 de junio de 2008
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Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Beca de Práctica Profesional "Rómulo Gallegos"
El objetivo de la beca es ofrecer la oportunidad a jóvenes profesionales abogados provenientes de los Estados Miembros de la OEA, de conocer y trabajar en la aplicación de los mecanismos de protección del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Leer más: http://www.cidh.org/beca.Rómulo%20Gallegos%202008.sp.htm
Plazo para la presentación de aplicaciones: 25 de julio de 2008
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**NOTICIAS EN BREVE**
Violencia contra los niños: Guía temática para ONGs que presentan informes ante el Comité de los Derechos del Niño Espanol - Portugués
Consejo de Seguridad: La ONU contra el abuso sexual (20 de junio de 2008)
http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17582&flag=news
Europa: Unión Europea avala tajante ley para expulsar a ilegales (19 de junio de 2008)
http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17577&flag=news
Perú: Lanzan campaña para salvar La Oroya, la ciudad más contaminada de Suramérica (9 de junio de 2008)
http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=17494&flag=news
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