CRINMAIL EN ESPAÑOL 137

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4 de abril de 2013 ver en línea | suscríbete a CRINMAIL | contáctanos

CRINMAIL 137

En este número:

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CREANDO SISTEMAS DE JUSTICIA PENAL JUVENIL NO VIOLENTOS

El Consejo Internacional de ONG sobre Violencia contra la Niñez (IN-CO) convoca el apoyo de partes interesadas en la preparación de un informe sobre violencia y sistemas de justicia penal juvenil.  El informe tiene como propósito contrastar la presente realidad de violencia que enfrenta una persona menor de edad cuando entra en contacto  con el sistema judicial, con las alternativas que ofrece o puede ofrecer un sistema no violento. Para ello se analizarán resultados de ambos tipos de sistemas, entre otros, en términos de reincidencia, riesgos para la seguridad pública, costos financieros, etc.

En este contexto solicitamos la colaboración de organizaciones con conocimiento sobre el tema, que puedan aportar informacion sobre los siguientes aspectos:

1. Ejemplos sobre modelos positivos de sistemas no violentos;

2. Estudios y fuentes confiables sobre resultados de los sistemas existentes, tanto positivos como negativos, en términos de costo, reincidencia, incremento de violencia, riesgos para la seguridad publica, impacto psicológico, etc.

3. Jurisprudencia relevante incluidos marcos legales y litigios exitosos; 

4. Datos sobre expresiones e incidencia de violencia en los sistemas existentes; específicamente en las siguientes áreas:

    a. Violencia en la fase de sentencia:

    • Pena de muerte
    • Cadena perpetua con/sin posibilidad de revisión; sentencias indeterminadas; sentencias de largo término;
    • Castigos físicos, incluidos azotes, flagelaciones, amputaciones, etc., y otras sentencias crueles, inhumanas o degradantes;
    • Violencia resultante de disposiciones legales (por ejemplo: riesgos que enfrenten personas  menores de edad detenidas por condiciones particulares u ofensas no violentas).

  b. Violencia en la fase de detención:

    • Confinamiento solitario
    • Uso de aparatos o técnicas de inmovilización
    • Suicidio, auto-lesión
    • Violencia entre pares
    • Violencia por parte del personal
    • Violación/violencia sexual y acoso/hostigamiento
    • Falta de atención adecuada a la salud, la educación y condiciones de salubridad
    • Condiciones que propician violencia, entre otras, hacinamiento, violación de la privacidad, privación de contacto familiar, carencia de actividades recreativas.

   c. Violencia en el curso del proceso judicial:

    • Violencia durante la aprehensión/traslados
    • Violencia en la indagación/interrogatorio
    • Violencia mientras en detención provisional y durante el juicio
    • Denegación de debido proceso.

También interesa  información relacionada con situaciones que enfrenta en el sistema juvenil, población menor de edad con vulnerabilidades específicas, incluidos con problemas de salud general, salud mental, dificultades de aprendizaje, etc.

Favor remitir materiales, referencias y comentarios -de ser posible en idioma inglés. Cuando la informacion no esté disponible en inglés, enviarla en el idioma original acompañada de un breve resumen de contenidos en inglés.  Envíe a la dirección:  [email protected],  con fecha limite del 20 de Abril de 2013. 

Por favor indicar claramente si todo o parte del material remitido, o su fuente, es considerada confidencial.

El INCO mantendrá a las organizaciones colaboradoras de esta iniciativa, informadas de sus avances y todas recibirán una copia en versión digital, del informe final.

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LA CONDICIÓN JURÍDICA DE LOS NIÑOS

Este año, CRIN lanzará un nuevo proyecto de colaboración cuyo objetivo es definir “la condición jurídica de los niños” en la legislación nacional de cada país del mundo. Es decir, hasta qué punto esta incorporada la Convención sobre los Derechos del Niño en los sistemas legales nacionales. 

Con esto queremos averiguar: cómo trata la legislación a los niños en procedimientos judiciales, cuáles son los medios disponibles para denunciar violaciones de los derechos de los niños, y cuáles son las consideraciones prácticas a la hora de hacer esto por vía judicial. Con esta información pretendemos demostrar la diferentes maneras de recurrir y usar los sistemas legales nacionales para impugnar las violaciones de los derechos de los niños, y las formas en las que pueden los mismos niños usar la legislación para reivindicar sus propios derechos. Tenemos la intención de identificar en qué puntos queda corta la legislación, y en dónde han sido los sistemas legales diseñados de forma que resulta difícil o imposible impugnar los abusos de los derechos de los niños.   

¿Por qué este proyecto?

Después de que diez estados hayan ratificado el nuevo Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un mecanismo de denuncias, será posible en aquellos estados denunciar violaciones de los derechos de los niños ante el Comité de los Derechos del Niño. Los mecanismos internacionales, sin embargo, no sirven de nada si los sistemas legales nacionales no son navegables. Y al igual que los demás mecanismos de denuncias pertenecientes a los otros Órganos de Tratados, el Protocolo Facultativo de la CDN exige un previo "agotamiento de los recursos internos", lo cual requiere conocimientos sobre cómo interponer una denuncia ante una corte nacional y dónde buscar asistencia y asesoramiento. 

El proyecto se centra en las reparaciones como la manera más directa de luchar contra las violaciones de los derechos, sin embargo requieren conocimientos especialistas y pericia que puede resultar muy complicado para personas sin una formación legal. Esperamos entonces que este proyecto sirva para ayudar a aquellas personas involucrados en la promoción y defensa de los derechos de los niños, además de a los niños, sus familias y representantes, a hacer uso de sus respectivos sistemas legales nacionales para impugnar las violaciones de los derechos de los niños. 

¿Cómo puedo participar? 

A nivel nacional, las mejores fuentes de información legal son las ONG y los abogados locales. Rellenando el cuestionario sobre la condición jurídica de los niños en su país, nos ayudaría a obtener información valiosa que ayudaría a desarrollar un proyecto cuyo objetivo es mejorar cómo los derechos de los niños se aplican de hecho. 

Este año CRIN contactará con abogados pro bono y otros actores que trabajan a nivel nacional para crear una visión global de la condición jurídica de los niños. No obstante, si su organización desea participar en el proyecto rellenando el cuestionario sobre su país u otro, avísenos mandandonos un email a [email protected].

Guías para la investigación jurídica:

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PRÁCTICAS NOCIVAS BASADAS EN LA TRADICIÓN, LA CULTURA, LA RELIGIÓN O LA SUPERSTICIÓN

En octubre de 2012 el Consejo Internacional de ONG sobre la Violencia contra los Niños publicó su informe sobre la Violencia contra los Niños es que están basadas en la tradición, la cultura, la religión o la superstición. El informe ahora está disponible en español, puede descargarlo aquí

CRIN ya había anunciado el lanzamiento del informe en inglés; pero ahora que está disponible también en español, cabe recapitular su contenido. La característica común de las violaciones recogidas en el informe es que están basadas en la tradición, la cultura, la religión o la superstición, y que son cometidas y toleradas activamente por los padres del niño o por otros adultos dentro su comunidad, con el consentimiento implícito o explícito de los progenitores. 

Las prácticas nocivas que aparecen en este informe se definen por una o más de las siguientes razones:  

  • Tradición: la transmisión de costumbres o creencias de generación en generación;
  • Cultura: las ideas, costumbres y el comportamiento social de un pueblo o sociedad en concreto;
  • Religión: prácticas necesarias o alentadas en textos o enseñanzas religiosas, o que se cree que lo son;
  • Superstición: creencias ampliamente extendidas pero irracionales que no se basan en la razón o el conocimiento.

Muchas de las prácticas identificadas en este informe implican discriminación flagrante e ilegal contra grupos de niños, incluidas la discriminación de género y, en especial, la discriminación contra los niños con discapacidad. Muchas incluyen la violencia física extrema y el dolor que, en muchos casos de forma intencionada, causa la muerte o una lesión grave. En otros casos se trata de maltrato psíquico. A menudo se cometen contra niños muy jóvenes, los cuales obviamente no tienen la capacidad de otorgar o denegar el consentimiento ellos mismos. Todas suponen un ataque a la dignidad humana de los niños y violan las normas internacionales de derechos humanos aceptadas universalmente. 

Descargue el informe aquí

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RESUMEN DE NOTICIAS

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