Organización de los Estados Americanos

¿Qué es la Organización de los Estados Americanos (OEA)?

La Organización de los Estados Americanos (OEA) es un órgano regional intergubernamental que tiene como objetivo consolidar la democracia y la cooperación en América. Sus Estados miembros trabajan juntos para promover los derechos humanos, defender los intereses comunes y discutir otros problemas importantes a los que se enfrenta el continente.

Los Estados miembros establecen las políticas y los objetivos principales por medio de la Asamblea General, compuesta por los ministros de Asuntos Exteriores de los Estados americanos y que se reúnen una vez al año. El Consejo Permanente, conformado por embajadores nombrados por los países miembros, dirige las políticas vigentes.

¿Quiénes participan en la OEA?

La OEA está constituida por 35 países miembros del Caribe y de América del Norte, Central y del Sur. Desde el 21 de enero de 1962 hasta el 3 de junio de 2009 Cuba fue excluida de participar en la OEA. Esto se debió a las tensiones del régimen de Castro con Estados Unidos y con otros países que fueron persuadidos para votar por la suspensión de Cuba. Lea más aquí: Las relaciones de Cuba con la OEA.

La OEA también ofrece estatuto de observador permanente a Estados no americanos: en la actualidad se lo ha concedido a 68 Estados y a la UE.

¿Cuál es la función de la OEA?

En términos de derechos humanos, la OEA tiene dos mecanismos generales: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ambos se ocupan de los asuntos relacionados con los derechos de los niños e informan directamente a la Secretaría General de la OEA.

Estos organismos fueron creados por la Carta de la Organización de los Estados Americanos  y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Aunque en la Carta casi no se mencionan los derechos humanos, sí que se crea la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en virtud del Artículo 53. Este artículo expone que la función principal de la Comisión es promover y proteger los derechos humanos en el continente (Artículo 106).

En 1948, en la misma conferencia en la que la Carta se abrió a la firma, los Estados miembros adoptaron también la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Esta detalla los derechos humanos que les son reconocidos a todas las personas que viven en el continente americano y en el Caribe, pero no tiene fuerza jurídica vinculante. Todos los miembros de la OEA han firmado esta Declaración.

La labor de la Comisión era inicialmente supervisar que los Estados garantizasen el cumplimiento de los derechos expuestos en la Declaración Americana.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos se abrió a la firma en 1969 y entró en vigor en 1979. Esta establece los derechos que toda persona puede reclamar en los países que ratificaron la Convención y que estos deberán responder a dicha reclamación en caso de vulnerarlos. La Convención también profundiza en las funciones de la Comisión. Lea el Estatuto de la Comisión Interamericana.

En esta Convención también se creó la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los gobiernos que no respeten o protejan los derechos declarados en la Convención Americana deberán responder ante la Corte, siempre y cuando hayan aceptado la autoridad de la misma para dictaminar sobre estos asuntos. La Corte es un órgano judicial cuyas decisiones tienen la misma fuerza que un tribunal.

En resumen, el Sistema Interamericano tiene varios niveles para proteger los derechos humanos.

  • Todos los Estados miembros están obligados a dar cumplimiento a los derechos establecidos en la Declaración Americana. Aquellos que no lo hagan podrán ser llevados ante la Comisión Interamericana.
  • Los Estados que hayan ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos deberán dar cumplimento a los derechos establecidos en dicha Convención, pero no podrán ser llevados ante la Corte si no aceptaron la autoridad de la misma para decidir en estos casos.
  • Los Estados que hayan aceptado (normalmente a través de una declaración) la autoridad de la Corte para decidir en estos casos –conocida como «competencia jurisdiccional contenciosa» de la Corte– podrán ser llamados a responder ante la misma, pudiendo esta adoptar decisiones vinculantes contra ellos. Consulte qué Estados han aceptado la competencia jurisdiccional contenciosa.

Conozca más sobre los derechos de los niños en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en las páginas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.