Denuncias del CDN

Se ha tardado mucho tiempo en elaborar un mecanismo de denuncias de los derechos de los niños en la ONU. Han pasado casi 25 años desde que la Convención de los Derechos del Niño entrara en vigor, y casi todos los países del mundo han aceptado ya su deber de respetar y defender los derechos humanos internacionales de los niños. A partir del 14 de abril de 2014, el Tercer Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño (PF3) entrará en vigor y los niños podrán denunciar ante el Comité de los Derechos del Niño de la ONU (CDN) cuando se violen sus derechos.

Utilizar el PF3

Tipos de denuncias

El PF3 crea tres mecanismos posibles para desafiar las infracciones de los derechos de los niños.

Las denuncias individuales son la forma más directa de denuncia con arreglo al proceso de comunicaciones y permite a individuos, o grupos de individuos, denunciar la violación de sus derechos ellos mismos o a través de sus representantes.

Las investigaciones adoptan un modelo menos judicial, pues contemplan infracciones de los derechos de los niños graves o extendidas a lo largo de un país, y no si se ha violado un derecho individual. La ventaja del proceso de investigación es que permite que el Comité de los Derechos del Niño investigue violaciones y abusos a gran escala de los derechos de los niños, al tiempo que también permite denuncias que no involucren directamente a un niño específico. Las investigaciones también permiten un anonimato mayor para las personas que quieren elevar una denuncia contra el responsable del gobierno.

Las comunicaciones interestatales permiten a los Estados interponer denuncias contra otros gobiernos que han fracasado en la tarea de asumir sus obligaciones con los derechos de los niños. Este proceso ofrece el campo más amplio para sacar a la luz las posibles infracciones de los derechos de los niños: las denuncias no necesitan identificar de forma individual a los niños que son víctimas y no se limitan a las violaciones graves o extendidas de los derechos. Las comunicaciones interestatales también ofrecen la mayor flexibilidad y simplicidad a la hora de revisar los procesos, pero apenas las han utilizado otros órganos de tratados de la ONU y existe el riesgo de que se basen más en consideraciones políticas que en los derechos de los niños.

Este proceso puede utilizarse solo contra un gobierno que ha dado su consentimiento específicamente al Comité.

Puede obtener más información acerca de cómo funciona el proceso en sí, incluyendo una explicación del Protocolo Facultativo en un lenguaje sencillo, en nuestro Manual de recursos para el proceso de denuncias.

Agotar los remedios domésticos

El tercer Protocolo Facultativo, como otros mecanismos internacionales de derechos humanos, existe para los casos en los que la protección a nivel nacional fracasa. La revisión de las denuncias no se acepta hasta que «se han agotado los remedios domésticos», lo que significa que los denunciantes deberán intentar resolver los conflictos a través del sistema judicial nacional antes de dirigirse con el problema a la Comisión. La infracción en cuestión tiene que haberse producido después de que el Protocolo Facultativo entrara en vigor, después del 14 de abril de 2014 (los Estados que ratifiquen después de esta fecha tendrán tres meses antes de que el proceso entre en vigor para ellos). Este obstáculo retrasaría en gran medida que la denuncia llegara al Comité. Podría llevar años que un caso recorriera el camino de procesos de apelación necesarios.

Sin embargo, para determinadas infracciones podría ser posible acelerar el proceso. El CDN tendrá que decidir si se han agotado los remedios domésticos, pero cuando no hay ningún remedio posible a nivel nacional, el Comité podría examinar las denuncias sin esperar a que los tribunales nacionales confirmen que no pueden ofrecer un remedio. Por ejemplo, cuando una infracción de los derechos de los niños está amparada legalmente y dicha cobertura legal ha sido infructuosamente desafiada como una infracción de la Constitución, podría ser posible presentar una denuncia ante el Comité sin utilizar los tribunales nacionales.

Para saber más sobre cómo manejarse dentro de los distintos sistemas legales nacionales para combatir las infracciones de los derechos de los niños, visite nuestro proyecto de acceso a la justicia y nuestra guía de litigio estratégico.

Elegir el mecanismo de denuncias adecuado

El Tercer Protocolo Facultativo es un hito para el acceso de los niños a la justicia. Los niños pueden utilizarlo para acceder a remedios cuando los sistemas judiciales nacionales han fracasado a la hora de proteger sus derechos. También se puede utilizar para asegurar que los sistemas judiciales nacionales actúan conforme a la Convención de los Derechos del Niño.

No obstante, el PF3 tiene que ser percibido como una herramienta entre muchas otras: no siempre será el mecanismo más efectivo para abordar una infracción de los derechos en particular. Normalmente, el proceso producirá una respuesta tardía (ya que los niños tendrán que agotar previamente los remedios domésticos) y no dispone de un registro sobre la implementación de sus decisiones. Para muchos casos de infracciones de los derechos en Europa y América, por ejemplo, es probable que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos se mantengan como una opción preferible a la hora de combatir contra la mayoría de las violaciones de los derechos. Ambos disponen de una jurisprudencia establecida y un historial sólido sobre sentencias ejecutadas.

Con esto no se pretende minimizar las posibilidades que presenta el PF3. Al crear la oportunidad de presentar una denuncia de cualquier problema relacionado ante la Convención de los Derechos del Niño o ante sus Protocolos Facultativos, el PF3 protege un campo de derechos de los niños más amplio que el de cualquier otro mecanismo internacional. El PF3 puede representar una manera de denunciar los problemas que no están cubiertos por ningún otro tratado de derechos humanos y permite a los niños y a sus defensores la posibilidad de solicitar expertos en los derechos de los niños. Además, proporciona otro medio de ejercer presión a los gobiernos cuando se han bloqueado otras formas de promoción y defensa.

Para saber más acerca de los mecanismos de derechos humanos disponibles para desafiar violaciones de los derechos de los niños, puede consultar la página de denuncias de nuestro sitio web. Del mismo modo, puede encontrar resúmenes y análisis sobre la forma en la que estos mecanismos se han utilizado para promover los derechos de los niños en nuestra base de datos legal (esta página se encuentra todavía en proceso de construcción).

La actual campaña de ratificación

A pesar de que el PF3 entra ahora en vigor, aún no es accesible para la mayoría de los niños del mundo. Los Estados deben ratificar el Protocolo para los procesos de denuncias de los niños en sus respectivas jurisdicciones.

Hasta el 8 de abril de 2014, Albania, Bolivia, Costa Rica, Gabón, Alemania, Montenegro, Portugal, Eslovaquia, España y Tailandia lo han ratificado y otros 37 Estados lo firmaron pero no lo ratificaron.

Puede mantenerse informado sobre el progreso en las ratificaciones en todo el mundo y encontrar las últimas noticias sobre la campaña de ratificación a través de la página web de la Coalición para la ratificación del PF3 del CDN.