ARGENTINA: Government submits progress report on UPR recommendations

Summary: Argentina has submitted a mid-term UPR report, which documented their implementation progress on recommendations they accepted during their review. CRIN has highlighted the government's response to children's rights recommendations accepted.


What is a mid-term report?

States are encouraged to voluntarily submit update reports on the steps they are taking to implement the recommendations made to them during their reviews.

In addition to posting the full mid-term report (see above), CRIN has extracted the children's rights recommendations accepted by Argentina, together with the government's response on how they are implementing the recommendations.


 

Implementation progress on accepted recommendations

N.B This section is currently only in Spanish

Argentina commented on the following accepted recommendations:

(2) Adoptar nuevas medidas para abordar todas las formas de discriminación contra mujeres, niños, minorías y poblaciones indígenas (Reino Unido, México).

En cuanto a la situación de niños y niñas frente a la discriminación, se fortalecieron los programas denominados ―Sensibilización de docentes para la implementación no discriminatoria de la educación “sexual integral”; “Niñez y Discapacidad”; “Red de Jóvenes contra la Discriminación”; y la “Juegoteca Ambulante-TG”.

(8) Adoptar medidas para mejorar las condiciones en las cárceles, en especial la cuestión del hacinamiento. Resolver la cuestión de las detenciones excesivamente prolongadas y fomentar la aplicación de medidas sustitutivas de la detención provisional, en particular para las mujeres embarazadas y las mujeres con hijos pequeños (Eslovenia, Alemania, Canadá)

En cuanto a la situación de mujeres privadas de la libertad con hijos pequeños, en 2009 se modificó la Ley N° 24.660 de ejecución de las penas privativas de libertad a fin de habilitar la modalidad de la prisión domiciliaria en casos de mujeres alojadas con hijos menores de cuatro años. El impacto de esta norma fue la reducción aproximadamente en un 50% de los niños que viven con sus madres en prisión. Desde la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal se ha elaborado un proyecto de Ley para establecer un límite de dos años de edad para niños y niñas alojados con sus madres en prisión.

(11) Designar al Defensor de los Niños y los Jóvenes (México)

La designación del Defensor de los Niños y los Jóvenes se encuentra pendiente de ejecución.

(12) Continuar intentando mejorar la situación de los niños en detención, de acuerdo con la recomendación del Comité contra la Tortura y el Comité de los Derechos del Niño (Canadá, Italia, Eslovenia)

La Comisión de Seguimiento del Tratamiento Institucional de Niños, Niñas y Adolescentes que funciona en el ámbito de la Defensoría General de la Nación del Ministerio Público de la Defensa realiza visitas periódicas a distintos centros de internación dependientes del Estado Nacional a fin de velar por el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en internación. Esta Comisión de Seguimiento hace derivaciones, denuncias y pedidos de informes a los organismos competentes. Por su parte, la Dirección Nacional de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos da seguimiento a estos informes y presta su colaboración para lograr el cumplimiento de las recomendaciones que allí se formulan. Esa Dirección Nacional también realiza visitas a los lugares de detención de niños, niñas y adolescentes en distintas provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Mediante la Resolución No 2208/08 el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos instruyó a las fuerzas de seguridad a adecuar su actuación a los estándares de derechos humanos vigentes en los casos en los cuales procede la detención de una persona menor de 18 años de edad, por la presunta comisión de un hecho tipificado como delito por la Ley penal. Corresponde señalar también que en el ámbito jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires se encuentra prohibido alojar a adolescentes en comisarías (Resolución 1623/204 del Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires).

(13) Adoptar un sistema penal que se ajuste a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores ("Reglas de Beijing"), y las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad); prohibir la condena a prisión perpetua de los menores de 18 años de edad, con arreglo al apartado a) del artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño (Eslovenia).

La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes recoge los principios consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño para la asistencia y protección de esta parte de la población. Se continúa con el fortalecimiento del llamado ―Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes‖, el cual reúne a los organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan las políticas públicas de gestión estatal o privadas, en el ámbito nacional, provincial y municipal destinados a la promoción, prevención y asistencia, protección, resguardo y reestablecimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Este sistema ha provocado transformaciones en términos de adecuación normativa, reingenierías institucionales, fortalecimiento y capacitación de los recursos humanos, mejoramiento en las asignaciones presupuestarias y amplia participación de distintas organizaciones de la sociedad civil.

En lo que respecta a las políticas específicas para adolescentes infractores o presuntos infractores a la ley penal, se ha continuado con el fortalecimiento de la ―Dirección Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal‖ la cual tiene la responsabilidad de encauzar políticas nacionales, articular políticas con las provincias, capacitar servicios técnicos, mejorar la infraestructura edilicia, y alentar decisiones alternativas a la privación de la libertad de niñas y niños.

En el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos se creó el ―Programa de Seguimiento de la Implementación de Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos en materia de Niños, Niñas y Adolescentes‖ y se ha realizado un relevamiento de la normativa provincial de protección integral en 2009. De acuerdo a la información recopilada, la mayoría de las provincias han adecuado su normativa local a los estándares internacionales de derechos humanos. Sin embargo, aún persisten algunas normas que responden a la doctrina tutelar, y algunas prácticas que deben modificarse a la luz de los estándares internacionales y la Ley Nacional de Protección Integral de Derechos. Asimismo, la Secretaría de Derechos Humanos ha realizado aportes a las siguientes discusiones parlamentarias sobre la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; la Ley N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas; la Ley N° 26.206 sobre Educación Nacional; Ley 26.579 sobre mayoría de Edad a los dieciocho años; Proyecto de Ley de Individualización del Binomio Madre-Hijo; Proyecto de Ley sobre Responsabilidad Penal Juvenil.

A nivel regional, en el marco de la Reunión de Altas Autoridades de Derechos Humanos del MERCOSUR y Estados Asociados, se continúa trabajando en la propuesta ―Iniciativa NIÑ@SUR‖ que tiene como finalidad promover el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos de derechos humanos universales y regionales. Asimismo, esta iniciativa busca estimular el diálogo y la cooperación entre los Estados para el seguimiento y cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, teniendo en cuenta que varias metas tienen una relación directa con los derechos de la infancia y adolescencia. En marco del Grupo de Trabajo de la Comisión Permanente Niñ@Sur, en las Reuniones de Altas Autoridades en Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR y Estados Asociados, se están abordando la adecuación legislativa de la normativa interna de cada uno de los Estados a la Convención de los Derechos del Niño. Se ha llevado adelante la sistematización de información que conforma la Base de Datos Legislativa del MERCOSUR y Estados Asociados relativa a Trata, Tráfico, Explotación Sexual y Venta de Niños, y a la temática de Justicia Penal Juvenil. En dicha base de datos se recopiló, entre otras, las legislaciones de protección de derechos de niños, niños y adolescentes de los Estados, con el fin de observar si dicha legislación se adecua a los compromisos asumidos al ratificar los instrumentos internacionales de derechos humanos, advertir semejanzas y divergencias en las legislaciones internas, tomando como parámetros los instrumentos internacionales ratificados y promover las reformas normativas correspondientes.

(14) Continuar desplegando esfuerzos para armonizar la legislación con las normas y principios del sistema general de protección de los niños y los adolescentes (Italia)

El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, mediante Resolución Nacional No 578/2008, creó la Comisión para la Reforma y Actualización Legislativa del Régimen Penal Juvenil. Por su parte el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia ha presentado ante el Honorable Congreso de la Nación una petición de tratamiento de Ley sobre modificación del Régimen Penal Juvenil (Ley N° 22.278/22.803), adecuación de la legislación procesal provincial y la articulación con las áreas competentes para la creación de dispositivos no privativos de libertad, el seguimiento de situaciones de privación de libertad y del respeto de los derechos de niños y niñas. En julio de 2009 se aprobó en general el proyecto de ley denominado “Régimen Legal Aplicable a las Personas Menores de 18 años en conflicto con la Ley Penal”, proyecto que se adecua a los estándares internacionales en la materia. Actualmente se encuentra en trámite en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Con relación a los proyectos con estado parlamentario, puede señalarse que se trata de leyes de mínima intervención, conforme a un derecho penal mínimo; que respetan las garantías procesales y sustantivas; que tienden a la implementación de un sistema de justicia restaurativa o reparadora y un alejamiento de la justicia retributiva; que regulan institutos de desjudicialización del conflicto mediante herramientas tales como la conciliación, la mediación, el principio de oportunidad reglado, etc.; que incluyen un fuerte componente de sanciones no privativas de la libertad con la reparación del daño causado y la prestación de servicios a la comunidad, entre otras; y que sólo establecen la privación de la libertad para los delitos graves taxativamente enumerados, por tiempo determinado, y sólo cuando no resulte posible aplicar otras medidas.


 

Further Information

CRIN extracted all mentions of children's rights from the UK's UPR, including references in the pre-review reports submitted by the government, UN bodies, and also NGOs / NRHis. This report also details all the children's rights recommendations accepted and rejected by the government.

The page includes children's rights extract reports for all States reviewed to date, CRIN's "Status of Children's Rights in the UPR" report, and much more information on the UPR process and how can NGOs can engage with it.

Including practical tips on reporting and lobbying, as well as follow-up methods. The guide is based on the findings of a comprehensive survey of experiences shared by NGOs, NHRIs, Ombudspersons, academic bodies, and so on.

pdf: http://www.crin.org/docs/Argentina-Interim-report-sp.pdf

Countries

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