Unión Europea

¿Qué es la Unión Europea (UE)?

La Unión Europea es una unión política y económica de 28 Estados situados en el continente europeo. Esta unión se basa en los principios de cooperación y en los derechos humanos y tiene como objetivo prevenir otra guerra en Europa.

Cuenta con una amplia diversidad de organismos, tratados y otras estructuras. Algunas de ellas se centran expresamente en los derechos humanos, como el Consejo de Europa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Comité Europeo de Derechos Sociales.

¿Cuál es la función de la UE?

Los derechos del niño en la UE

El Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, dio a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2007 la misma condición jurídica que tienen los tratados incluidos en la legislación de la UE. El artículo 24 es la principal disposición de la Carta que hace referencia a los niños e incluye principios como el del interés superior del niño, el derecho de los menores a la protección y a los cuidados necesarios para su bienestar y el derecho a mantener contacto directo con sus padres, salvo que sea contrario a sus intereses.

Esto no quiere decir que, por el hecho de estar incluidos en la Carta, se puedan interponer casos directamente ni que las instituciones de la UE puedan legislar más allá de sus derechos. Tanto el artículo 6 del Tratado de Reforma de la UE como el artículo 51(2) de la Carta dejan claro que esta no amplía las competencias de las instituciones de la Unión Europea.

Sin embargo, cuando la legislación europea se ve involucrada, debe interpretarse de acuerdo a los derechos de la Carta. Si la ley de la UE aludiera a una demanda de custodia, la legislación pertinente debería interpretarse en función del artículo 24 de la Carta. Como ejemplo de que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE requiere que la legislación de esta se interprete de acuerdo a la Carta en lo que se refiere a derechos de los niños, vea: J.McB V L.E. [2010] C-400/10 PPU.

En la página web de la UE puede encontrar versiones consolidadas de los tratados de la UE y de la Carta de los Derechos Fundamentales.

La página web de la UE contiene más información sobre la gobernanza y estructuras de la UE.

La UE y el Convenio Europeo de Derechos Humanos

Como resultado del Tratado de Lisboa, el artículo 6(2) del Tratado de Reforma de la UE establece que “la Unión se adherirá al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales” (CEDH). La adhesión de la UE al CEDH fortalecerá la protección de los derechos humanos en Europa mediante la sumisión en última instancia de la UE y de sus actos jurídicos a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Entre julio de 2010 y junio de 2011 se reunió un grupo de trabajo informal para tratar el desarrollo de un instrumento de adhesión y en octubre de 2011, en una reunión extraordinaria, el Comité Director de Derechos Humanos (CDDH) evaluó los resultados. El CDDH debatió los proyectos de instrumentos contemplados y, dadas las implicaciones políticas de algunos de los problemas pendientes, acordó transmitir al Comité de Ministros un informe y dichos proyectos de instrumentos para su estudio y orientación adicional. El 13 de junio de 2012, el Comité de Ministros encomendó al CDDH seguir las negociaciones con la Unión Europea, en un grupo ad hoc “47+1”, con vistas a finalizar sin demora el instrumento de adhesión (decisión CM).

Ese grupo ad hoc celebró entonces cuatro reuniones: junio de 2012, septiembre de 2012, noviembre de 2012 y abril de 2013. En abril de 2013, los 47 estados miembros del Consejo de Europa y de la EU terminaron el borrador del acuerdo de adhesión de la UE al Convenio Europeo de Derechos Humanos. El siguiente paso es que el Tribunal de Justicia de la UE dé su opinión en cuanto al texto.

Políticas y programas de la UE sobre los derechos del niño

El 4 de julio de 2006, la Comisión Europea emitió una comunicación llamada “Hacia una Estrategia de la Unión Europea sobre los Derechos de la Infancia”. El objetivo era establecer un enfoque completo de los derechos del niño tanto en las políticas internas de la UE como en las externas.

Esta comunicación contenía siete objetivos a largo plazo (como la lucha contra la pobreza infantil) y medidas a corto plazo (entre las que se incluía la creación de una línea telefónica de ayuda para los niños a la que se pudiera acceder desde toda Europa). También solicitaba a la Comisión que designara un Coordinador para los Derechos de la Infancia para que actuara como persona de contacto y asegurase la coordinación en toda Europa.

El 15 de febrero de 2011, esta comunicación fue sucedida por otra: “Una Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño”, que especificaba para el año siguiente 11 acciones destinadas a hacer que los sistemas de justicia de la UE estuvieran más adaptados a los niños. Entre estas acciones se incluían la adopción de una propuesta de Directiva sobre los derechos de las víctimas que incrementase el nivel de protección de víctimas vulnerables (incluidos los niños) y la presentación de una propuesta de Directiva sobre medidas especiales de salvaguardia para los sospechosos o imputados vulnerables (incluidos los niños). Dentro de la comunidad de los derechos de los niños se ha descrito el comunicado como “débil en cuanto a las medidas que garantizarán el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de derechos de los niños”.

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La Unión Europea ha adoptado alrededor de 50 documentos legislativos y no legislativos. Entre los primeros se incluyen reglamentos, directivas y decisiones, mientras que entre los últimos se incluyen los libros verdes, comunicaciones, informes, estudios y declaraciones. Todos ellos se utilizan como instrumentos para promover los derechos de los menores en áreas como:

  • Asilo e inmigración.
  • Justicia y asuntos familiares.
  • Tráfico de menores y prostitución.
  • Violencia contra los menores.
  • Seguridad infantil en internet y en la televisión.
  • Discriminación y exclusión social.
  • Pobreza infantil.
  • Trabajo infantil (incluidos los acuerdos comerciales que se comprometen a abolir el trabajo infantil).
  • Salud y educación.
  • Menores en conflictos armados.

En el año 2009, la UE también inició un programa sobre los derechos de los niños víctimas de la delincuencia como parte de la iniciativa “Niños en la Unión: Derechos y Empoderamiento (CURE)”. Dicha iniciativa dio lugar a su vez a un informe especial en 2010, incluyendo recomendaciones de la Comisión y los Estados miembros de la UE.

Además, la UE también ha desarrollado programas de ayuda financiera. Entre ellos están los siguientes:

  • Daphne II sobre la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres.
  • AGIS sobre el tráfico de seres humanos y la explotación sexual de mujeres y niños. Este programa surge como parte de la lucha contra el crimen organizado.
  • Safer Internet Plus para promover un uso más seguro de Internet sobre todo para los niños.
  • Veinticinco proyectos de derechos de los niños identificados como prioritarios dentro de la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) en 2001, e incorporados en la financiación de 2002-2004.

Relaciones exteriores

En los últimos años, la UE se ha centrado en los menores en el desarrollo de sus relaciones exteriores. Por ejemplo, en diciembre de 2003 adoptó las “Directrices de la UE sobre los niños en los conflictos armados”. La Oficina de Ayuda Humanitaria de la Comisión Europea (ECHO) ha financiado proyectos relacionados con los niños (sobre alimentación, vacunación, educación primaria y reintegración de niños soldados, entre otros) y ha identificado a los niños como una prioridad en sus dos últimos planes y directrices estratégicas anuales. También se han financiado otros proyectos bajo la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH).

Por último, la Comisión Europea incorpora una cláusula de derechos humanos en casi todos los acuerdos de la UE con terceros países. También ha incorporado los derechos humanos entre las condiciones requeridas a los países que desean adherirse a la UE. Los países candidatos deben respetar los principios de la UE comunes a todos los Estados miembros.

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