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¿Qué es la esclavitud?
La primera definición de esclavitud en un acuerdo internacional figura en la Convención sobre la Esclavitud aprobada por la Sede de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 1926. Allí se define la esclavitud como “el estado o condición de un individuo sobre el cual se ejercitan los atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos” (art. 1, párr. 1). A continuación se define la trata de esclavos como “todo acto de captura, adquisición o cesión de un individuo para venderlo o cambiarlo; todo acto de cesión por venta o cambio de un esclavo, adquirido para venderlo o cambiarlo, y en general todo acto de comercio o de transporte de esclavos” (art. 1, párr. 2).
Sin embargo, según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCR, 2002), “las definiciones han sido controvertidas por dos razones: en primer lugar, hay diferencias de opinión sobre qué prácticas deben considerarse esclavitud y, por consiguiente, eliminarse; en segundo lugar, las definiciones han solido llevar aparejadas obligaciones para los Estados de adoptar determinadas medidas correctivas. Invariablemente ha habido desacuerdo sobre las estrategias más apropiadas para eliminar cualquier forma de esclavitud” (OHCHR, 2002: 4). Aún así, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos apunta que la definición de la Convención sobre la Esclavitud no se ha modificado legalmente de forma sustancial desde 1926 (Ibid: 5).1
El derecho a no ser sometido a esclavitud forma parte del reducido número de derechos humanos absolutos (el de no ser sometido a tortura es otro). Eso significa que bajo ninguna circunstancias se puede anular o limitar el derecho de un individuo no ser sometido a esclavitud. Es diferente, por ejemplo, del derecho a la libertad de circulación que puede restringirse por motivos de interés público como la seguridad pública.
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Los niños y la esclavitud
Save the Children considera que las formas más frecuentes de esclavitud infantil son:
- la trata infantil
- la explotación sexual con fines comerciales
- el trabajo infantil forzoso por endeudamiento
- el trabajo forzoso en la mina
- el trabajo forzoso en la agricultura
- niños soldados
- el matrimonio infantil forzoso
- la esclavitud doméstica
Tráfico de niños – Según Save the Children (2007: 2) cada año, 1,2 millones de niños y bebés son víctimas de la trata infantil, incluso Europa Occidental, América y el Caribe. Una cifra que va en aumento. La ONG argumenta que “la pobreza, la globalización y la consiguiente demanda de mercancías y mano de obra baratas han provocado un demanda sin precedentes de dóciles niños trabajadores”.
Explotación sexual con fines comerciales – En este momento, unos 1,8 millones de niños en todo el mundo están sufriendo abusos sexuales a través de la prostitución, la pornografía infantil o el turismo sexual. La pobreza crónica es una de las razones más importantes, pero la explotación sexual también aumenta durante las guerras y los desastres naturales. El Estudio de la Naciones Unidas señala que algunas niñas entran en la prostitución porque los traficantes y agentes que las reclutan les prometen oportunidades de oro. Por ejemplo, miles de niños en África Occidental, de familias indigentes, son enviados cada año al Medio Oriente, terminando muchos de ellos en la prostitución (UNVC, 2006: 246). Puede leer sobre la campaña de ECPAT para poner fin al tráfico de niños y jóvenes. Puede leer más sobre la explotación infantil y sexual aquí.
El trabajo forzoso por endeudamiento – Aproximadamente dos tercios de los niños que ejercen las peores formas de trabajo infantil son aquellos en trabajos forzosos y en régimen de servidumbre por deuda, según la OIT. Lo cual equivale aproximadamente a 5,7 millones de niños. El Estudio de las Naciones Unidas afirma que “una proporción desconocida pero importante son víctimas de la trata; la mayoría de los casos se producen en Asia, pero la práctica existe en todas las regiones”. Los trabajos forzosos y servidumbre por deuda están considerados esclavitud según la Convención suplementaria sobre la esclavitud de 1956 pero “aunque universalmente se los considera como crímenes, muy rara vez son enjuiciados” (UNVC, 2006: 247). Puede leer más sobre el trabajo infantil aquí.
Trabajo forzoso en la mina – Según Save the Children (2007: 6), un millón de niños arriesgan sus vidas en minas y canteras en más de 50 países de África, Asia y Sudamérica, mientras que en la región de Sahel en África, 200.000 niños arriesgan su vida diariamente en minas de oro y de minerales. De nuevo, la pobreza crónica es una de las razones. Las repercusiones en los niños son muy graves: “el suministro de agua está generalmente contaminado, y los asentamientos son completamente sórdidos. Un niño enfermo o herido raramente recibe cuidado médico. Se enfrentan a explosiones bajo tierra, problemas respiratorios y agotamiento extremo. La minería debilita su salud acortando sus vidas que son literalmente, enterradas”.
Trabajo forzoso en la agricultura – Casi el 70 por ciento de todos los trabajadores menores lo hacen en granjas y plantaciones, una gran minoría en condiciones de esclavitud inexorablemente peligrosas. Por ejemplo, existe considerable preocupación sobre el trabajo forzoso en la agricultura en Uzbekistán. Human Rights Watch afirma que:
El trabajo infantil forzoso promovido por el gobierno en el sector del algodón sigue estando muy extendido… El gobierno cierra colegios y ordena a las escuelas que envíen a los niños a los campos de algodón durante la temporada de cosecha. Establece cuotas centralizadas de producción de algodón y utiliza amenazas, hostigamiento e intimidación para asegurar que se cumplen esas cuotas. Incluso niños de diez años recogen algodón durante dos meses al año. Viven en condiciones inmundas, contraen enfermedades, no acuden a la escuela y trabajan diariamente desde muy temprano hasta tarde, por poco o nada de dinero. Son frecuentes el hambre, el agotamiento y las insolaciones. Según la Fundación para la Justicia Ambiental (EJF por sus siglas en inglés) por lo menos cinco niños murieron durante la cosecha de 2008.
Niños soldados – El artículo 38 de la Convención de los Derechos del Niño estipula que los Estados no deben reclutar niños menores de 15 años en las fuerzas armadas. También deben “adoptar todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no participen directamente en las hostilidades”. Esto incluye la participación de niños, por ejemplo, como mensajeros, ‘esposas’ o cocineros. A pesar de esto, 300.000 niños menores de 15 años están asociados a fuerzas de combate. Puede leer más sobre los niños y el conflicto armado aquí.
Matrimonio infantil forzoso – El matrimonio forzoso ocurre cuando por lo menos uno de los miembros de la pareja no da su consentimiento y es obligado a casarse. Save the Children (2007: 9) afirma que: “el matrimonio infantil forzoso tiene lugar en situaciones política, cultural y económicamente muy diversas y afecta tanto a niñas como a niños. En cualquier caso, las niñas son indudablemente las más afectadas y las que sufren las consecuencias más severas. Con frecuencia, son intimidadas, secuestradas, violadas y, en ocasiones, asesinadas. Una niña o una mujer que es obligada a casarse se convierte en una esclava, forzada a vivir y dormir con su marido, y normalmente confinada a permanecer en el interior del hogar”. El matrimonio forzoso es más común en India, Nepal, Bangladesh y el África subsahariana, en Mali, Níger, Nigeria y Uganda.
Las formas ‘tradicionales’ de esclavitud
La esclavitud no está necesariamente vinculada a categorías específicas, aunque el problema debe abordarse con cuidado. Según el Estudio de las Naciones Unidas (2006: 247):
África tiene el índice más elevado de mano de obra infantil informal y existen pruebas que sugieren que el trabajo podría ser ‘forzoso’ en una proporción mayor que en otras regiones. Sin embargo, la coerción está relacionada principalmente con la importancia asociada a las relaciones de parentesco y económicas con clientes, y al hecho de que la mayoría de las personas, especialmente en áreas rurales, no se ganan la vida en una economía de empleo industrializado, monetizado o estándar…Se apela a las relaciones de parentesco y de clientela para exigir servicios a otros miembros de la familia y a aquellos de estatus inferior; estos acuerdos se consideran ‘naturales’ y las creencias religiosas y sociales los autorizan.
Por consiguiente, deberían evitarse los juicios precipitados sobre las condiciones en las que tiene lugar la esclavitud y favorecer valoraciones matizadas que contribuyan a aumentar la sensibilización acerca de prácticas dañinas.
Mauritania y Níger son los últimos países del mundo donde continúa ‘la esclavitud regular’, la ‘propiedad’ directa de las personas, no mediante intercambios comerciales, sino como práctica habitual. Según el Estudio de las Naciones Unidas, “estas personas son normalmente descendientes de esclavos, y su grado real de ‘esclavitud’ es localmente discutible y está abierto a la interpretación. Sin embargo, se puede requerir una gran variedad de servicios a los descendientes de esclavos, incluso a los niños, tanto en el hogar como en el campo; y sufren graves limitaciones en su comportamiento y derechos” (UNVC, 2006: 248).
El Comité de los Derechos del Niño en sus Observaciones finales ha intentado que los Estados condenen la esclavitud. Por ejemplo, aunque la esclavitud en Mauritania fue criminalizada por la ley en 2007, sus provisiones han sido etiquetadas como ‘debiles’, obligando al Comité en 2009 a instar al gobierno a:
- Adoptar todas las medidas necesarias para erradicar la esclavitud y en particular para que los culpables de dichas prácticas deban rendir cuentas ante la ley.
- Ejecutar una estrategia nacional contra la esclavitud, que incluya un análisis de sus causas fundamentales, y adoptar medidas eficaces para liberar a las víctimas de la esclavitud y prestarles servicios de recuperación psicosocial, así como medidas de reinserción.
- Llevar a cabo campañas específicas de sensibilización acerca de la legislación relativa al enjuiciamiento de la esclavitud.
El Comité también ha llamado la atención sobre la existencia de esclavitud en otros países, como Níger (2009), Libia (2003) y Sudán (2002).
Para acceder a más materiales sobre la esclavitud, haz clic aquí.
Referencias
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, (2002) La Abolición de la Esclavitud y sus Formas contemporáneas, Naciones Unidas: Nueva York y Ginebra. Disponible en: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/slaverysp.pdf
Save the Children UK (2007), Esclavitud Infantil, Save the Children: Londres. Disponible en: http://www.crin.org/docs/ChildSlaveryBrieffinal.pdf
Estudio de la ONU sobre las Violencia contra los Niños: http://www.unicef.org/violencestudy/spanish/
Owner: Traducido del inglés por Ana Rodriguez Gomezpdf: http://www.crin.org/docs/Esclavitud.pdf