NICARAGUA: Los derechos del niño en los informes de los procedimientos especiales de la ONU

Summary: Este informe selecciona referencias hechas en relación a los derechos de la infancia en los informes de los procedimientos especiales de NNUU. No incluyen los informes específicos sobre la infancia, como por ejemplo los del Relator especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía que están disponibles por separado. Algunas referencias pueden haber sido modificadas para aclarar puntos en el texto.

Inglés

Vea abajo:

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Visitas solicitadas (S) y acordadas (A)

(A) Relator especial sobre racismo (programada para julio de 2006 – aplazada)

(S en 2006 y 2008, recordatorio en 2009) Grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias

(S en 2007) Experto independiente sobre la extrema pobreza y los derechos humanos

(S en 2008 para una visita de seguimiento en Bluefields) Grupo de trabajo sobre la detención arbitraria

(S en 2010) Relator especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

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Relator especial sobre el derecho a la alimentación, el Sr. Olivier De Schutter

(A/HRC/13/33/Add.5)

Visita: del 6 al 12 de noviembre de 2009
Informe publicado: el 19 de febrero de 2010

Malnutrición: Más de uno de cada cinco niños sigue padeciendo retraso del crecimiento en Nicaragua. Esas cifras indican una estrecha relación entre la atrofia y la pobreza, aunque la desnutrición también sigue siendo inaceptablemente alta en los hogares no pobres. La educación de la madre es un factor importante de atrofia, al igual que la etnia. Desde que el Gobierno actual asumió sus funciones se ha adoptado un gran número de medidas para combatir la malnutrición infantil. En el ámbito escolar se han puesto en marcha varios programas, entre los que figuran el Programa del Vaso de Leche Escolar y el Programa Integral de Nutrición Escolar (PINE). (párrs 10, 11, 13, 45)

Trabajo infantil: El trabajo infantil sigue existiendo en las zonas rurales. El Relator especial tomó nota de una ley aprobada en 2007 que prohíbe el empleo de niños menores de 16 años. Otras iniciativas gubernamentales en esta esfera son el programa Mi Primer Empleo, que ofrece formación e instrucción profesional a niños de entre 12 y 16 años de edad (párr. 27).

Educación: Entre 2002 y 2006 Nicaragua puso en práctica un programa de transferencias condicionadas de efectivo que destinó fondos a las mujeres cabeza de familia que resultó en un aumento significativo de la escolarización y otros indicadores de la educación. Desafortunadamente el gobierno actual suspendió el programa (párr. 39).

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Grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias, Presidenta-Relatora la Sra. Leila Zerrougui

(A/HCR/4/40/Add.3)

Visita al país: del 15 al 23 de mayo de 2006
Informe publicado: el 9 de noviembre de 2006

Sistema de justicia de menores: La ley establece jueces de la niñez y la adolescencia. En 1998 se estableció en Managua una corte especializada para la niñez y la adolescencia. La responsabilidad penal se alcanza al cumplirse los 13 años de edad. Sin embargo, la legislación establece que los menores de entre 13 y 15 años no pueden ser sujetos a privación de libertad y deberán recibir medidas de protección especial. Los menores no pueden permanecer en detención policial más de 24 horas, y en todo caso, no más del tiempo necesario para verificar su identidad y edad. Deben ser puestos inmediatamente a disposición de los procuradores especializados para el inicio de la investigación correspondiente. Ningún menor puede ser condenado a una pena superior a seis años de prisión. Los menores detenidos deben ser enviados a centros especializados de custodia y eventualmente cumplir en dicho lugar la pena a la que sea condenado. La ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño y la promulgación del Código sobre la Niñez y la Adolescencia han contribuido a mejorar de manera considerable la situación de los menores en conflicto con la ley. (párrs. 11, 12, 55, 56, 59, 74)

Niños detenidos: 1,04% de la población penal eran adolescentes entre 15 y 18 años. Un número importante de menores había sido acusados de delitos relacionados al tráfico y consumo de drogas. Muchos otros fueron acusados de delitos contra la propiedad, delitos menores, delitos sexuales y violencia doméstica. Los adolescentes en el centro especializado de custodia en Tipitapa, se encontraban en general bien atendidos y ocupados en tareas educativas y recreativas. Durante su visita al centro penitenciario de Estelí, la delegación encontró a nueve menores instalados en un sector separado al de los adultos. También encontró adolescentes mujeres en el centro penitenciario La Esperanza. La delegación fue informada que existen también menores en detención en Chinandega, Chontales y Masaya. El Estado otorga diariamente 10 córdobas (aproximadamente 0,60 dólares de los EE.UU.) para atender las necesidades de un menor en detención; una cantidad innegablemente insuficiente. Sin embargo, se esfuerza por brindar a los menores programas de orientación psicológica, consejo vocacional, oportunidades educativas y programas recreativos. (párrs. 46, 76)

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Relator especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, el Sr. Doudou Diène

(E/CN.4/2005/18/Add.6)

Visita al país: del 26 de junio al 13 de julio de 2004
Informe publicado: el 4 de marzo de 2005

Educación: De las 5.398 escuelas primarias del país, sólo 200 están situadas en las Regiones Norte y Sur, y la tasa de analfabetismo es del 40%, (el 23% en las otras regiones). Estos datos revelan la marginación económica y social de las regiones de la costa atlántica. Aunque existen programas de educación multilingüe que tienen en cuenta las lenguas locales, estos programas se aplican muy poco y predomina la enseñanza en idioma español (párr. 16).

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