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¿Qué es la sustracción?
Las definiciones legales de sustracción varían de país a país. Por ejemplo, el artículo 362 del Código Penal de la India establece que: “Se dice que sustrae a una persona quien obliga por la fuerza, o quien por cualquier medio engañoso induce a cualquier persona a que se vaya de cualquier lugar”.
Por otra parte el Código Penal de Canadá, en el artículo 283 define el delito de sustracción sólo en relación con los niños más pequeños, por ejemplo, cuando un padre o tutor, al cuidado de un menor de catorce años, “toma, induce, oculta, retiene, recibe o esconde a ese menor, tanto si existiese como si no orden de custodia en relación con ese menor de un tribunal en cualquier lugar en Canadá, con la intención de privar a un padre o tutor, o cualquier otra persona que tuviese la guardia custodia legal del menor, de dicha guarda o custodia...”.
La sustracción internacional de menores hace referencia a la extracción ilegal de niños de su hogar por un conocido o miembro de la familia a un país extranjero. En 1980, la Conferencia de La Haya elaboró un Convenio para tratar específicamente el problema de la sustracción internacional de menores. Léalo aquí.
La Convención sobre los Derechos del Niño también trata la sustracción. El artículo 35 estipula que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesaria para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma”. De hecho, la sustracción está incluida a menudo en el contexto de la trata de seres humanos y/ o de la violencia sexual. El estudio de la ONU sobre la Violencia Contra los Niños (UNVC, 2006: pág. 300) explica que, “En algunos lugares, los niños están particularmente en riesgo de la sustracción para el tráfico. Por ejemplo, en Centroamérica se ha informado d la sustracción de bebés para la adopción en el mercado de EE.UU., a veces directamente desde el hospital, poco después del nacimiento”.
También puede darse una mayor incidencia de sustracción en situaciones de conflicto o guerra. Según el citado estudio, “algunas situaciones de conflictos o disturbios en curso, como las del norte de Uganda o Nepal, han expuesto a los niño al rapto y la sustracción masivos, para utilizar a los menores como combatientes, porteadores, o estar en posiciones de apoyo; las niñas han sido utilizadas como esclavas sexuales” (UNVC,2006: pág. 307).
Puede ser difícil diferenciar entre los casos de sustracción, rapto (tema de otra página sobre la violencia) y detención ilegal, ya que las definiciones respectivas a menudo se superponen, o la definición de sustracción en un país podría ser la definición de rapto en otro.
¿Qué se puede hacer al respecto?
Con respecto a la sustracción internacional de menores, hay diferentes medidas que se pueden adoptar en diferentes países, cuando surge la sospecha de la sustracción. Estos pueden incluir, por ejemplo, la solicitud de una orden judicial que impida que el niño sea sacado del país. Reunite International ha presentado un paquete para la prevención de la sustracción de menores. Léalo aquí.
El Comité de los Derechos del Niño, ha criticado a países como Japón por “garantías insuficientes en la protección de los niños ante la sustracción”. Asimismo, ha instado a países como Camerún a ratificar la Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Para acceder a más materiales sobre la sustracción, haz clic aquí.
Referencias
Estudio de las ONU sobre la Violencia contra los Niños (2006): http://www.unicef.org/violencestudy/spanish/
Owner: Traducido del inglés por Ana Bravopdf: http://www.crin.org/docs/Sustraccion.pdf