El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

 

Introducción | Los derechos del niño | Sub-grupo para el Consejo de Derechos Humanos | Información sobre la participación de las ONGs | La estructura del nuevo Consejo de Derechos Humanos | La transición de la Comisión al Consejo de DDHH | Sesiones anteriores | Lista de contactos

Introducción

En junio de 2006 el Consejo de Derechos Humanos reemplazó a la Comisión de Derechos Humanos como el principal organismo de la ONU responsable de vigilar y proteger los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas.

El Consejo de Derechos Humanos (Consejo de DDHH) fue creado el 15 de marzo del 2006 mediante la adopción casi unánime por la Asamblea General de la resolución A/Res/60/251. La primera sesión del Consejo de Derechos Humanos se llevó a cabo entre el 19 y el 30 de junio. La Comisión de Derechos Humanos fue formalmente abolida el 16 de junio del 2006.

El nuevo Consejo de Derechos Humanos trajo consigo grandes expectativas. Se creó con la esperanza que al denunciar violaciones de derechos humanos por todo el mundo fuera un medio más objetivo, creíble y eficiente que la altamente politizada Comisión de Derechos Humanos.

Los niños en el Consejo de Derechos Humanos

Tradicionalmente los derechos del niño eran tratados dentro del punto 13 de la agenda de la Comisión de los Derechos Humanos, aunque en algunas ocasiones también fueron discutidos como parte de otros puntos de la agenda.

Cada año la Comisión de Derechos Humanos adoptaba una "Resolución Omnibus" sobre los derechos del niño, así como resoluciones sobre este tema. Esta "Resolución Omnibus" comenzó como una combinación de distintas resoluciones sobre temas que afectan a los niños, siendo presentada por el país más preocupado en la materia.

Entre los temas tratados por dichas resoluciones se encuentran la situación de niños y niñas que viven o trabajan en la calle, de aquellos afectados por los conflictos armados, así como la explotación sexual comercial de niños. Conscientes de la "proliferación" de un gran número de resoluciones sobre los derechos del niño, en 1994 la Comisión decidió reunir todos los temas en una única “Resolución omnibus”. Si bien el propósito inicial fue elaborar un texto breve y conciso, nuevos temas siguieron emergiendo y la resolución continuo ampliándose. Este crecimiento ocurría a menudo de forma espontánea en lugar de en respuesta a una estructura coherente a un propósito.

Las resoluciones anterioeres se mostraban enérgicas, incluyendo muchas de las cuestiones por las que las ONG hicieron presión, como por ejemplo la creación del cargo de un experto independeiente que llevara a cabo estudios sobre la violence contra los niños, el hecho de que 'La Convención sobre las Derechos del Niño [..] y otros instrumentos pertinentes a los derechos humanos deben constituir el estándar en la promoción y la protección de los derechos del niño '; y un llamado a los Estados para 'abolir por ley cuanto antes posible la pena de muerte para aquellos menores de 18 años en el momento de cometer un delito’.

Lea la Resolución Omnibus de los Derechos del Niño 2005 [E/CN.4/2005/L.96]

Las peticiones de acción en los derechos del niño de las ONG ante el Consejo

En april de 2006, el Grupo de ONG por la Convención sobre los Derechos del Niño, el Grupo de Trabajo (anteriormente conocido como el Sub-grupo) del Consejo de Derechos Humanos presentó una llamada a la acción a todos los Representantes Permanentes de las Naciones Unidas en Ginebra y urgieron al Consejo de Derechos Humanos a que tomase medidas en cuatro cuestiones relacionadas específicamente con la infancia: violencia contra los niños, la venta de niños, la prostitución y pornografía infantil, los niños en los conflictos armados y su desplazamiento como refugiados y los niños en conflicto con la ley.

Si bien estas ONG son conscientes de la necesidad de integrar los derechos del niño en el total del sistema de derechos humanos, también creen que los niños y niñas tienen necesidades específicas y preocupaciones específicas que requieren que el Consejo adopte un enfoque expresamente basado en los derechos de la infancia. Además urgieron al Consejo de Derechos Humanos a que asegure la participación significativa en el trabajo del Consejo de las ONG que trabajan por los derechos del niño y otras instituciones de derechos humanos, incluyendo las consultas durante el Examen Periódico Universal.

Lee el llamamiento a la acción [en inglés]


Grupo de Trabajo de ONG del Consejo de Derechos Humanos

El Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos , del Grupo de ONG para la Convención por los Derechos del Niño, reúne a las ONG que deseen promover los derechos de niñas y niños ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Hasta ahora, el propósito principal del Grupo fue garantizar que el Consejo abordaba los derechos particulares de los niños y las situaciones que los afecten dentro de las sesiones regulares donde  temas vinculados a los derechos humanos son discutidos. Al luchar por la inclusión de tales cuestiones en las resoluciones del Consejo, las ONG se aseguraban un mayor apoyo y coherencia entre las políticas internacionales y las realidades locales que afectan a los derechos de los niños.

El Grupo se mostró muy activo durante las discusiones sobre la creación de un Consejo de Derechos Humanos y también durante las consultas realizadas para la primera sesión de éste. También presentó un llamamiento a la acción en mayo de 2006, apelando al Consejo de Derechos Humanos a tomar medidas frente a cuatro asuntos relacionados con los derechos de los niños: la violencia contra niños, la venta de niños y la prostitución y pornografía infantil, los niños en conflictos armados y desplazamiento como refugiados y los niños en conflicto con la ley.


Información sobre la participación de las ONG

De conformidad con la Resolución 60/251, la participación de las ONG en el Consejo de DDHH se basa en los acuerdos y prácticas observadas por la Comisión de Derechos Humanos, incluyendo la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social (ECOSOC).

Acreditación

Las ONG que disponen de estatus consultivo en el Consejo Económico y Social y que deseen acreditar representantes pueden enviar sus peticiones a la Secretaría del Consejo.

Informes de las ONG

Al igual que bajo la Comisión de Derechos Humanos, las ONG que disponen de estatus consultivo con el Consejo Económico y Social pueden presentar informes relevantes por escrito al Consejo de Derechos Humanos siempre que éstos sean relevantes para los trabajos de éste (conforme a los párrafos 36 y 37 de la resolución 1996/31 del ECOSOC).

Eventos simultáneos de las ONG

Conforme a los acuerdos y prácticas examinadas por la Comisión de Derechos Humanos, las ONG pueden organizar eventos simultáneos siempre que éstos sean relevantes para el trabajo del Consejo de DDHH.

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La estructura del Consejo de Derechos Humanos

Algunos de los cambios más significativos incluyen:

  • Miembros: El número de miembros se redujo de 53 a 47 siendo éstos elegidos por mayoría absoluta. Los candidatos serán elegidos según su compromiso con los derechos humanos y no puedan optar a más de dos mandatos. 
  • Responsabilidad: Una nueva disposición concede a la Asamblea General la capacidad de expulsar a los miembros que hayan cometidos violaciones flagrantes y sistemáticas de los derechos humanos. Esta acción se lleva a cabo con una votación a favor de dos tercios de la Asamblea General. Además, los derechos hum,anos en todos los países de los miembros de las Naciones Unidas - empezando con los mismos miembros del Consejo - son evaluados regularmente mediante el mecanismo universal de revisión.
  • Sesiones: El Consejo celebrará tres sesiones por año (10 semanas), con la posibilidad de celebrar sesiones extraordinarias al ser solicitado por un miembro del Consejo con el apoyo de un tercio del Consejo.
  • Estatus: el Consejo es un órgano subsidiario de la Asamblea General y por lo tanto ocupa una posición institucional más alta que la de la Comisión.  

    La Comisión de Derechos Humanos celebró su última reunión en una sesión de tres horas el 27 de marzo de 2006, y adoptó una resolución para pasar todo su trabajo al Consejo de Derechos Humanos.

    El 9 de mayo, se eligió los primeros 47 miembros del Consejo de Derechos Humanos. Los Estados Unidos, que votaron en contra de la resolución del Consejo, no remitieron su candidatura, insatisfechos con el hecho de que las nuevas modalidades para integrarse todavía permiten ser elegidos a aquellos Estados que vulneran los derechos humanos.

Le siguieron una serie de conferencias abiertas con las Misiones Permanentes en Ginebra, organismos de las Naciones Unidas, agencias especializadas y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales. El objetivo era debatir las modalidades de la primera sesión del Consejo.

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La transición de la Comisión al Consejo de DDHH

La Comisión de Derechos Humanos

 

La CDH era el organismo de las Naciones Unidas encargado de elaborar un modelo de derechos humanos y de vigilar su aplicación. Estaba integrada por 53 Estados Partes que se reunían anualmente en marzo y abril en una sesión de seis semanas en Ginebra. Más de 3.000 delegados de los Estados miembros de las Naciones Unidas y representantes de organizaciones no gubernamentales participaban en dichas sesiones.

Durante el período ordinario de sesiones anuales, la Comisión examinó informes de los Procedimientos Especiales y adoptó más de 100 resoluciones, decisiones y declaraciones del Secretario sobre cuestiones específicas. La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos le asistió en esta tarea.

La Reforma de la Comisión

La Resolución que establece que la creación del Consejo de Derechos Humanos asentó las bases para una mejora significativa en la promoción y defensa de los derechos humanos en todo el mundo:

- Un "Examen Periódico Universal" garantiza que el historial de cada uno de los 191 Estados Miembros de las Naciones Unidas, empezando con el propósito de mejorar las condiciones de los derechos humanos en todo el mundo. Todos los Estados deberán rendir cuentas por sus deficiencias en este sentido.

- El Consejo celebrará un mayor número de reuniones durante el año, con una duración total mayor que las de la Comisión. También contará con un sistema más simple y efectivo para convocar sesiones especiales con el objetivo de responder rápidamente a las crisis relacionadas con derechos humanos.

- Al ser elegido directamente por la Asamblea General, el Consejo refleja el mayor nivel de importancia que se está dando a los derechos humanos como un asunto que involucra a todas las personas y que, junto con temas de seguridad y desarrollo, constituye uno de los tres pilares de las Naciones Unidas.

- Cualquier miembro del Consejo que cometa violaciones contra los derechos humanos de manera flagrante y sistemática podría ser suspendido siempre que dos tercios de la Asamblea General voten a favor de esta medida;

- La primera elección de los miembros del Consejo llevada a cabo el 9 de mayo constituye una primera señal de que el nuevo Consejo no es simplemente una vuelta al antiguo sistema. Los países compitieron por un lugar en el Consejo en unas elecciones abiertas y justas, y, por primera vez, los candidatos presentaron solicitudes y comentarios de manera voluntaria con el fin de promover los derechos humanos frente a los cuales deberán rendir respectivas cuentas.

Informacion adicional

 

Documentos relacionados a la creación del Consejo de Derechos Humanos (en inglés)

 

Comentarios de las ONG acerca del Consejo de Derchos Humanos (en inglés):

 


 

Países

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