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Como suele proceder en situaciones como ésta, la Fiscalía de Estado bonaerense apelará en los próximos días el fallo del juez platense Luis Arias, que prohibió a los policías de la región detener a menores de 18 años por contravenciones, averiguación de identidad, pedidos de captura o para ser “entregados” a sus familias. “Si esto sucede y si la Cámara de Apelaciones llegara a revocar el fallo, entonces la defensoría que represento llevará la cuestión federal hasta la Corte Suprema, si ello es necesario”, anticipó el defensor oficial de jóvenes Julián Axat, impulsor del hábeas corpus que derivó en la resolución de Arias. Consultado por Trama Urbana, Axat aseguró que la “eventual revocación de ese fallo dejaría expuesto forzamiento de argumentación jurídica para rebatirlo, lo cual sería contrario a todas las convenciones de derechos humanos (DDHH) ratificadas por la Argentina y que son -localmente- obligatorias, en especial la Convención Universal de los Derechos del Niño”. Y continuó: “Como la sentencia del juez hace valer el Fallo Bulacio emitido en el 2003 por la Corte Interamericana de DDHH, obligando al Estado Argentino a derogar toda normativa -como lo son las contravenciones aplicadas a menores y las detenciones por averiguación de identidad-, tal incumplimiento, o todo acto contrario a dichos principios, sea una sentencia o un acto administrativo, pondría al Estado provincial ante una situación de grave responsabilidad internacional por la que, tarde o temprano, tendrá que dar cuenta”. La resolución dictada el jueves por la justicia en lo Contencioso Administrativo fue considerada histórica y fundamental, porque, según sus impulsores, “revisa una forma de actuación policial naturalizada frente a la niñez en la Provincia”. A instancias del hábeas corpus colectivo interpuesto por el defensor Axat (que denunciaba que el personal policial de las comisarías seguía teniendo facultades omnímodas respecto de los menores de edad que eran detenidos por contravenciones), el recurso resuelve en el ámbito del departamento judicial de La Plata “declarar inconstitucionales: las contravenciones aplicadas y detenciones por averiguación de identidad aplicadas a menores, y ordena realizar las entrega a progenitores con comunicación judicial y con intervención del servicio local; como así actualizar los registros policiales de capturas y de averiguación de paraderos; todo ello en consonancia con las leyes 13.634 y 13298”. Información adicional
La sentencia del juez Arias resulta armónica con el fallo de la Corte Interamericana en el caso Bulacio, por el que se obligó al Estado Argentino a derogar toda normativa contraria a la Convención de los Derechos del Niño, y al Pacto de San José de Costa Rica, que ponga en riesgo la libertad de los niños y niñas en forma arbitraria, y sin el debido control judicial.