Preguntas y respuestas

Preguntas y respuestas


¿Qué son los derechos humanos ?

¿Cuáles son los principios que subyacen a los
derechos humanos ?

¿Son los derechos humanos realmente universales?

¿Qué es el marco internacional para los derechos
humanos?

¿Qué es una programación basada en los derechos
humanos?

¿De qué modo añade valor a las programaciones
el planteamiento basado en los derechos humanos?

¿Qué diferencia hay entre necesidades y
derechos?

¿Qué diferencia hay entre la programación
basada en los derechos humanos y la programación del desarrollo?

¿Cuáles son los principios que subyacen a los
planteamientos basados en los derechos humanos?

¿Cuáles son los retos con que nos enfrentamos al
adoptar un planteamiento basado en los derechos humanos?


¿Qué son los derechos humanos?

Hay una definición (de CARE) de los derechos humanos que dice de
manera sucinta:

“Los derechos humanos son derechos constituidos (de los que todos
somos titulares) a contar con las condiciones básicas en que apoyar
nuestros esfuerzos por vivir en paz y con dignidad y por desarrollar todo
nuestro potencial como seres humanos.”

Otra definición, esta vez de la Oficina del Alto Comisionado para Derechos
Humanos, reza así:

“Los derechos humanos se pueden definir como garantías legales
universales que corresponden a todos los seres humanos y que protegen
al individuo y/o los grupos frente a acciones u omisiones que afectan a la
dignidad humana fundamental.”


¿Cuáles son los principios que subyacen a los derechos
humanos?

Universalidad e inalienabilidad: los derechos humanos son
universales e inalienables. Todas las personas de todas las partes del
mundo son titulares de estos derechos. La persona humana, a la cual
estos derechos son inherentes, no puede despojarse de ellos de manera
voluntaria. Tampoco puede ser despojada de ellos por otros. Como afirma
el Artículo 1 de la DUDH (Declaración Universal de Derechos
Humanos), “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos”.

Indivisibilidad : Los derechos humanos son indivisibles. Sean de
índole civil, cultural, económica, política o social, siempre son inherentes a
la dignidad de toda persona humana. En consecuencia, todos los derechos
gozan del mismo estatus en cuanto tales, y no pueden, a priori, ser
clasificados en orden jerárquico.

Interdependencia e interrelacionamiento. La realización de un
derecho a menudo depende, en todo o en parte, de la realización de
otros.
Por ejemplo, la realización del derecho a la salud puede depender, en
ciertas circunstancias, de la realización del derecho a la educación o del
derecho a la información.

Igualdad y no discriminación: Todos los individuos son iguales en
tanto que son seres humanos y en virtud de la inherente dignidad de
todas y cada una de las personas humanas. Todos los seres humanos son
titulares de sus derechos humanos sin discriminación de ningún tipo, sea
por raza, color, sexo, etnia, edad, lengua, religión, credo político u otras
opiniones, origen nacional o social, discapacidad, posición económica,
nacimiento u otro estatus, tal como explican los órganos de vigilancia de
los tratados sobre los derechos humanos.

Participación e inclusión: Todas las personas y todos los pueblos
tienen derecho a participar de una forma activa, libre y significativa en el
disfrute del desarrollo civil, económico, social, cultural y político con el cual
se puedan realizar los derechos humanos y las libertades fundamentales,
y a realizar contribuciones en pro de estos objetivos.

Rendición de cuentas e imperio de la ley: Los Estados y otros
titulares de deberes deben responder de la observancia de los derechos
humanos. A este respecto, deben cumplir con las normas y criterios legales
consagrados en los instrumentos de derechos humanos. Cuando no lo
hagan así, los titulares de derechos afectados podrán instituir procesos
para obtener la adecuada reparación ante un tribunal competente u otro
adjudicador, de acuerdo con las reglas y procedimientos establecidos por
la ley.


¿Son los derechos humanos realmente universales?

Sí … Los derechos humanos abarcan lo que es esencial para que los seres
humanos – sin que importe quiénes somos ni dónde residimos – podamos
vivir con dignidad básica y autoestima. En este sentido, los derechos
humanos son, por su propia naturaleza, universales.

Al mismo tiempo, se debe reconocer que las perspectivas occidentales han
sido representadas de manera desproporcionada en la formulación de los
derechos humanos internacionalmente consensuados, y que en un grado
mayor o menor estos derechos carecen de legitimidad cultural en muchas
partes del mundo. Todo ello se hace esforzándonos por ampliar y
profundizar en la posesión de derechos humanos mientras que a la vez
fomentamos una mayor inclusión y participación de todos los países en la
continua identificación y articulación de tales derechos.


¿Qué es el marco internacional para los derechos humanos?

El marco ideológico primario se encuentra en la Carta Internacional de
Derechos Humanos. Este documento se compone de la Carta de las
Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y
los subsiguientes Pactos Internacionales sobre Derechos Económicos,
Sociales y Culturales y sobre Derechos Civiles y Políticos (PIDESC y PIDCP,
respectivamente).

La Carta Internacional de Derechos Humanos identifica estas condiciones
básicas y mínimas, y declara que todos los seres humanos tienen derecho
a su cumplimiento.

Además, los tratados sobre derechos humanos elaboran la Carta
Internacional de Derechos Humanos y extienden una protección específica
a los grupos vulnerables, tales como los refugiados, las mujeres, los niños
y los grupos indígenas. Estos tratados son igualmente importantes como
puntos de referencia para trabajar con estos grupos. Y en las zonas de
conflictos armados, los derechos (especialmente los derechos de las
personas civiles) especificados en la legislación humanitaria internacional
(también conocida como "las leyes de la guerra" porque regulan la
conducta durante las guerras) constituyen otros tantos puntos
importantes de referencia.


¿Qué es una programación basada en los derechos humanos?

En las programaciones que se hacen desde un enfoque basado en los
derechos se integran las normas, criterios y principios del sistema de los
derechos humanos internacionales en los planes, políticas y procesos de
desarrollo. Mary Robinson, anteriormente Alta Comisionada para los
Derechos Humanos, explica:

"El planteamiento basado en derechos... significa describir las situaciones,
no en términos de necesidades humanas o áreas de desarrollo, sino en
términos de la obligación de responder a los derechos del individuo.
Con ello se confiere a las personas poderes para demandar la justicia
como un derecho, no como un acto de caridad. Y la legitimación de estas
demandas hace que se consiga el equilibrio frente a otras fuerzas menos
positivas, lo cual también implica la participación directa de las personas
en
las decisiones relacionadas con su propio desarrollo.

A nivel internacional, un enfoque basado en los derechos humanos facilita
a la comunidad una sólida base moral sobre la cual reivindicar asistencia y
abogar por un orden económico mundial en el cual sean respetados los
derechos humanos."

(Mary Robinson – prefacio de "Marco conceptual de derechos humanos
para UNICEF", por Marta Santos Pais 1999)


¿De qué modo añade valor a las programaciones el
planteamiento basado en los derechos humanos?

Lo añade porque crea un marco global, dentro del cual se pueden
organizar todas las actividades de desarrollo, y define una meta a largo
plazo.

Identifica las responsabilidades de las que hay que pedir cuentas a los
titulares de deberes, y establece normas con referencia a las cuales se
puede medir el progreso realizado.

Fomenta la reforma legal y de otros tipos como medios de hacer que sea
mucho más probable el cambio sostenible.
Y promueve un análisis más efectivo y completo.

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¿Qué diferencia hay entre necesidades y derechos?

Un derecho es algo de lo que soy titular porque me pertenece en virtud de
ser una persona humana. Un derecho es aquello que me permite vivir con
dignidad. Es más, un derecho puede ser exigido ante el gobierno, y
supone una obligación por parte del gobierno.

En cambio una necesidad es una aspiración que, aunque puede ser
totalmente legítima, no está relacionada necesariamente con una
obligación por parte del gobierno de darle cumplimiento; la satisfacción de
una necesidad no puede ser exigida ante la ley.

Los derechos corresponden al ámbito del “ser”, mientras que las
necesidades corresponden al ámbito del “tener.” (A. Sen, Development as
Freedom

Estas diferencias comportan implicaciones prácticas, como se ilustra a
continuación:

Enfoque basado en necesidades básicas Enfoque basado en derechos humanos
Las necesidades se cubren o satisfacen Los derechos se realizan (son respetados, son protegidos, son
facilitados, y se les da cumplimiento).
Las necesidades no suponen deberes ni obligaciones, aunque sí
pueden dar lugar a promesas
Los derechos siempre suponen deberes correlativos u
obligaciones.
Las necesidades no son necesariamente universales Los derechos humanos son siempre universales
Las necesidades básicas se pueden satisfacer mediante estrategias
para alcanzar metas o resultados td>
Los derechos humanos se pueden realizar únicamente si se presta
atención tanto a los resultados como al proceso mismo.
Las necesidades se puede clasificar en jeraquía en ordén de
prioridades.
Los derechos humanos son indivisibles porque son
interdependientes. No hay nada que se parezca a los ‘derechos
básicos’.
Las necesidades pueden ser satisfechas a través de la caridad y la
benevolencia. td>
«‘La caridad, desde una perspectiva de derechos humanos, es
obscena’ (I. Kant)». (E. Kant)
Es gratificante poder decir que “ha quedado satisfecha la necesidad
del 80 % de todos los niños de ser vacunados.”».
Dentro de un planteamiento basado en los derechos humanos, esto
significa que el 20% de los niños no han realizado sus derechos a ser
vacunados.
Es una excusa decir que el “gobierno no tiene todavía la voluntad
política de ejecutar legislación para yodizar toda la sal.”».
Esto significa que el gobierno ha escogido no cumplir con su deber y,
en vez de cumplirlo, ha preferido no ejecutar legislación para yodizar toda
la sal.


¿Qué diferencia hay entre la programación basada en los
derechos humanos y la programación del desarrollo?

Un observador ha hecho las siguientes distinciones:

La programación del desarrollo La programación basada en los derechos humanos
Las personas no pueden ser desarrolladas. Tienen que desarrollarse
a sí mismas. Se debe reconocer que las personas, incluidas las que son
pobres, son los protagonistas principales de su propio desarrollo, más
bien
que beneficiarios pasivos de transferencias de productos de consumo y
servicios.
Desde la perspectiva basada en los derechos humanos, las
personas, incluidas las que son pobres, son sujetos de derechos. Por
tanto, es lógico otorgarles el poder para reivindicar sus derechos en
reconocimiento de que los pobres son los protagonistas principales en su
propio desarrollo.
La participación tiene una importancia crucial, como fin y como
medio.
Sin embargo, no se debe pensar que 'ellos' participan en 'nuestros'
programas o proyectos, sino que más bien 'nosotros' actuamos de tal
forma que 'nosotros' participamos, con su permiso y por su invitación,
en 'sus' propios esfuerzos por desarrollarse.
La participación, incluyendo la de los niños y las mujeres, es un
derecho humano que está consagrado en numerosas convenciones. Es un
derecho a menudo violado. Desde la perspectiva basada en los derechos
humanos, la participación es un resultado necesario y un aspecto
necesario del proceso.
El otorgamiento o adquisición de poderes es importante, pero no es
una estrategia. 'Adquisición de poderes' y privación de poderes' son
aspectos de cualquier estrategia, como por ejemplo las labores de
incidencia política y social, el fortalecimiento de capacidades o la prestación
de servicios.
Los derechos humanos implican dignidad y respeto por el individuo,
que a su vez se traducen en autoestima e igualdad. Nuestras vidas no
deberían estar dominadas por la circunstancia y la casualidad. La PBDH
supone un enfoque del desarrollo en el cual la ayuda externa debe ser
catalítica e ir dirigida a prestar apoyo a los esfuerzos de las propias
personas.
El papel que desempeña el análisis de partes interesadas es muy
útil para la movilización social, el desarrollo de programas y la evaluación,
porque identifica claras responsabilidades (obligaciones de rendir cuentas)
en la comunidad y la.
La mayoría de las partes interesadas, aunque no todas, son titulares
de derechos. Un paso importante en la PBDH es la identificación de las
principales relaciones entre el niño en tanto que titular de derechos y
todos los titulares de deberes. Este análisis es similar al de partes
interesadas, pero va más allá.
Los enfoques puramente de arriba abajo deben ser rechazados
porque niegan el principio de “personas como actuantes”. Los enfoques
puramente de abajo arriba (comenzando al nivel de la base popular)
también deben ser rechazados porque son utópicos. No se trata de "o lo
uno o lo otro". Se trata de ambos. Es la sinergía entre los enfoques de
arriba abajo y abajo arriba lo que hay que fomentar.
La PBDH requiere respeto por el conocimiento y la dignidad de las
personas, y supone un enfoque antropocéntrico del desarrollo en el cual la
ayuda externa es simplemente catalítica y sirve para prestar apoyo a los
propios esfuerzos de las personas. Por otra parte, en muchas
comunidades es necesario fomentar valores basados en los derechos
humanos 'desde arriba' porque todavía no han sido internalizados.
Los programas deben ser desarrollados sobre la base de un análisis
de la situación con el cual se identifiquen los problemas prioritarios y sus
causas básicas inmediatas y subyacentes. Estas causas inmediatas y
subyacentes se pueden abordar de modo simultáneo o en secuencia..
La PBDH requiere un entendimiento de las causas a todos los
niveles: inmediatas, subyacentes y básicas. La internalización de los
valores basados en derechos humanos hace que sea inescapable afrontar
las causas de base o estructurales. La indivisibilidad de los derechos
humanos, además, pone el énfasis en la atención simultánea a las causas
de todos los niveles, incluyendo el nivel básico.
Es importante establecer las metas. El requerimiento de establecer
metas más ambiciosas tiene que ser considerado en la etapa de
planificación. Al realizar los esfuerzos se debe fomentar que los cambios
positivos sean sostenibles y que sean sostenidos.
La realización de los derechos humanos requiere alcanzar los
resultados deseados y también un proceso válido mediante el cual se
obtiene un resultado en consonancia con valores basados en derechos
humanos. En este sentido, la PBDH supone que hay metas. Pero 'el fin no
justifica los medios.' Por esta razón, se tiene que prestar atención
simultáneamente a los resultados (meta) y el proceso.
Todos los posibles partenariados deben ser explorados junto con
aliados estratégicos, incluidas entidades donantes y ONG/CBO. Además, a
través de vínculos con otros esfuerzos en pro del desarrollo, muchas veces
será posible hacer valer la influencia que se posee para conseguir
recursos
adicionales.
La realización de los derechos humanos de un país debe venir de
dentro, y ser apoyada desde fuera. UNICEF no es más que uno de los
partenarios en este empeño. No deja de ser importante, sin embargo,
apreciar que la Organización de las Naciones Unidas tiene la obligación de
fomentar los derechos humanos.

Fuente: Urban Jonsson 'An approach to human rights-based programming
in UNICEF (Eastern and Southern Africa). Presentado en el 'Second
International Encounter on the Right to Food in Development' (Segundo
encuentro internacional sobre el derecho alimentario en el desarrollo),
Ginebra, 21-22 de agosto de 2000.


¿Cuáles son los principios que subyacen a los planteamientos
basados en los derechos humanos?

·

establecer el alcance del problema y los resultados que se persiguen –
además impiden la “captura” de las decisiones y establecen mínimas
garantías para los pobres y los grupos desfavorecidos
· Las normas son una especie de hoja de ruta con la que
establecer el alcance del problema y los resultados que se persiguen –
además impiden la “captura” de las decisiones y establecen mínimas
garantías para los pobres y los grupos desfavorecidos
Principio guía Implicaciones para las programaciones
Participación Crear canales de participación para las personas pobres y
desfavorecidas Participación activa, libre y significativa: tiempo y recursos
necesarios para desarrollar las capacidades
Capacidades adecuadas son ya en sí mismas un resultado del desarrollo
(adquisición de poderes)
Rendición de cuentas

Guía objetiva para determinar las responsabilidades·

Desarrollo de capacidades: seguir avanzando sobre la base de
los actuales puntos fuertes y soluciones con que responder. Dirigir la
atención a los puntos débiles y las vulnerabilidades· Incluir
elementos de vigilancia de los agentes sociales

No discriminación, igualdad y atención a los grupos
vulnerables
Identificar a la mayoría de los grupos vulnerables y dirigir la atención
a ellos de modo explícito
Desarrollar el desglosamiento de datos
La adquisición de poderes Poner el punto de mira en las capacidades necesarias para
reivindicar
y ejercer los derechos – seguir avanzando sobre la base de los actuales
puntos fuertes y concentrarse en solucionar los puntos débiles y las
vulnerabilidades.
Vinculado con la participación activa, libre y significativa
Vínculos con las normas relativas a derechos humanos

Fuente: Cartilla de PNUD (Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo), Kathmandu


¿Cuáles son los retos con que nos enfrentamos al adoptar un
planteamiento basado en los derechos humanos?

El documento de información sobre política del IDS (Institute for
Development Studies) titulado "The Rise of Rights" (El auge de los
derechos humanos), identifica cuatro retos que tienen actualidad:

Aunque algunas personas piensan que los planteamientos basados en los
derechos humanos ofrecen el potencial de un cambio fundamental y
positivo para las relaciones de los organismos internacionales de
desarrollo con los gobiernos y los agentes sociales en los países
recipientes de asistencia, otros siguen sintiendo perplejidad en cuanto a
su aplicabilidad para alcanzar los Objetivos del Desarrollo del Milenio.

Algunos observadores sospechan que los organismos se han
apropiado el lenguaje de los “derechos” sin cambiar las creencias que
subyacen a las palabras

Los planteamientos basados en los derechos humanos presentan retos,
puesto que revelan temas difíciles relacionados con la legitimidad de la
acción, el ejercicio del poder y las líneas por las que procede la rendición
de cuentas.

Cuáles puedan ser las implicaciones totales de llevar a la práctica un
enfoque basado en los derechos humanos sigue siendo un tema que aún
no ha sido sometido a pruebas.

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