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1. Los órganos de tratados Ciertos Comités reciben las denuncias hechas por individuos, grupos o los representantes de estos (incluyendo niños) que alegan una violación de sus derechos por parte de un Estado parte de una convención o convenio siempre y cuando el Estado haya reconocido la competencia del Comité para admitir tales denuncias. Existentes: http://www.crin.org/law/CRC_complaints/#info Cómo presentar una denuncia: http://www.ohchr.org/english/bodies/petitions/individual.htm ¿Ante quién se presentan las denuncias o las quejas? Para denuncias presentadas ante el Comité de los Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de las Discriminaciones Raciales: o Descargar un Modelo de formulario para presentación de denuncias aquí http://www.ohchr.org/english/bodies/docs/annex1.pdf Para denuncias presentadas ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: o Ir a: http://www.ohchr.org/english/bodies/docs/annex2.pdf alternativamente póngase en contacto con: La Convención sobre los Derechos del Niño es el único tratado internacional de derechos humanos con un procedimiento obligatorio de presentación de informes, que no tenga además un procedimiento de comunicaciones, establecido o en borrador. Esto supone una grave discriminación contra los niños. Sin embargo varias organizaciones están haciendo campaña para el establecimiento de tal mecanismo. Para más información haga clic aquí: http://www.crin.org/law/CRC_complaints/ 2. Procedimientos Especiales Algunos procedimientos especiales pueden usarse directamente contra los Gobiernos en casos específicos de violaciones de derechos humanos que recaigan bajo su autoridad. Estas intervenciones pueden referirse a violaciones de derechos humanos que ya han ocurrido, estén ocurriendo o tengan gran probabilidad de ocurrir. ¿Cómo funciona esto? En general, el proceso consiste en enviar una carta al Gobierno en cuestión requiriendo información y comentarios sobre la acusación realizada y, si es necesario, pidiendo que se tomen medidas preventivas o se realice una investigación. Es necesario proporcionar un mínimo de información antes de poder decidir si se va a admitir o no a una denuncia. Para más detalles haga clic aquí: http://www.ohchr.org/english/bodies/chr/special/communications.htm Para facilitar el proceso, se han preparado cuestionarios referentes a casos de presuntas violaciones, para varios de los mandatos anteriores, en inglés, francés y español: http://www.ohchr.org/english/bodies/chr/special/questionnaires.htm Para más información sobre el Relator Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, haga clic aquí: http://www.ohchr.org/english/issues/children/rapporteur/model.htm A quién debe mandarse Después examinar los requerimientos establecidos por cada mandato para la presentación de denuncias, la información puede ser presentada por: Nota: Por favor especifique en el título del e-mail o del fax, o en el sobre, a qué mecanismo de procedimiento especial se dirige la demanda. Véase también las visitas previstas por el SP: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=15308 3. Procedimiento de denuncias ante el Consejo de los Derechos Humanos: Se está estableciendo un nuevo sistema de presentación de denuncias que sustituirá al antiguo procedimiento 1503. Este Procedimiento está dirigido a resolver violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos y libertades fundamentales, claramente documentadas y certificadas, que tengan lugar en cualquier parte del mundo y en cualquier circunstancia. Las comunicaciones infundadas y anónimas son rechazadas por el Presidente del Grupo de Trabajo sobre las Comunicaciones y el Secretariado, en base a los criterios de admisibilidad. Las comunicaciones que no hayan sido rechazadas durante el examen inicial son transmitidas al Estado en cuestión, para que éste presente sus comentarios respecto a las presuntas violaciones. Antes de presentar una denuncia, es necesario estudiar con cuidado cuáles son los criterios de admisibilidad. Haga clic aquí. Aquellas comunicaciones que deban ser tramitadas según el Procedimiento de Presentación de Denuncias del Consejo deben dirigirse a: División del Consejo de Derechos Humanos y Tratados Enlaces y lecturas adicionales
o Mail: Equipo de Peticiones
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
en Ginebra
1211 Ginebra 10, Suiza
Fax:+ 41 22 917 9022 (para asuntos urgentes)
E-mail:[email protected]
o Mail: Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
c/o Division for the Advancement of Women, Department of Economic and Social Affairs
United Nations Secretariat
2 United Nations Plaza
DC-2/12th Floor
New York, NY 10017
United States of America
Tel: + 1-212-963-3463
1. Fax a: +41 22 917 90 06
2. Email a [email protected]
3. Correo a: OHCHR-UNOG
8-14 Avenue de la Paix
1211 Geneva 10
Switzerland
OHCHR-UNOG
1211 Geneva 10, Switzerland
Fax: (41 22) 917 90 11
E-mail: [email protected]