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Summary: Este informe selecciona referencias hechas sobre derechos del niño en las Observaciones finales y procedimientos de seguimiento de los órganos de tratados. No incluyen las Observaciones finales del Comité de los Derechos de la Infancia que están disponibles aquí: http://www.crin.org/resources/treaties/index.asp
Desplácese a: _____________________________________________ Comité de Derechos Humanos Fecha en que se presentó el último informe: 11 y 12 octubre 2010 El Comité acoge con satisfacción la creación de la Comisión Nacional de Búsqueda de Niños y Niñas Desaparecidos Durante el Conflicto Armado Interno. (Párrafo 3) El Comité expresa preocupación con relación a los siguientes temas: Trabajo doméstico de mujeres y niñas: Preocupa al Comité que las condiciones especialmente rigurosas a las que son sometidas las trabajadoras domésticas, así como el exceso de horas de trabajo y el trabajo no remunerado o insuficientemente remunerado. El Comité recomienda al Estado parte adoptar medidas eficaces para remediar el trato discriminatorio que enfrentan las trabajadoras domésticas. (Párrafo 11) Educación: El Comité manifiesta su preocupación por la alta deserción escolar en el Estado parte que afecta mayoritariamente a niñas rurales. Recomienda al Estado parte tomar las medidas necesarias para mejorar la permanencia de los niños y niñas en todos los niveles educativos. (Párrafo 12). _____________________________________________ Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/SLV/CO/2) Fecha en que se presentó el último informe: 8 y 9 noviembre de 2006 El Comité expresa preocupación en referencia a los siguientes temas: Migración y Protección Social: Como consecuencia de la falta de oportunidades económicas, cerca de uno de cada tres salvadoreños emigra. Esto trae consecuencias negativas tales como la desintegración familiar, la desprotección de las familias, especialmente de las mujeres, quienes se ven obligadas a convertirse en jefes de familias monoparentales, y de los niños y adolescentes, así como un incremento de la violencia y propagación de pandillas (maras). El Comité exhorta al Estado parte a proveer asistencia a las mujeres jefas de familia monoparentales y a implementar programas de apoyo para niños y adolescentes cuyos padres hayan emigrado (Párrafos 21, 40) Pandillas: Las pandillas o maras están compuestas principalmente de jóvenes socio-económicamente marginados. La mayoría de las pandillas tienen origen en problemas de desempleo, el uso de trabajo infantil, la violencia urbana y la desintegración familiar. (Párrafo 22) Preocupa al Comité que pese al plan "País Seguro", la violencia en el Salvador ha ido en aumento, y que las mujeres han sido las principales víctimas. Observa asimismo con inquietud que las maras están principalmente formadas por jóvenes socio-económicamente marginados, y que la mayoría de estas pandillas tienen su origen en problemas como el desempleo, el uso del trabajo infantil, la violencia urbana y la desintegración familiar. Trabajo Infantil: A pesar de los esfuerzos del Estado parte para eliminar el trabajo infantil, especialmente en el sector de la cania de azúcar, esta práctica continua presente en EL Salvador, en particular en el servicio doméstico. El Comité se encuentra particularmente alarmado por los informes recibidos según los cuales niñas, de inclusive muy corta edad, trabajan como empleadas domésticas, y lamenta no haber obtenido ninguna información al respecto por parte del estado parte. (Párrafo 23) Educación: Las familias de los alumnos en educación primaria deben pagar cuotas aun en el sistema público. El hecho de que la educación media y superior sean impartidas principalmente por centros privados puede propiciar el abandono escolar. El Comité solicita al Estado parte tomar medidas eficaces para garantizar el derecho a la educación para todos los sectores de la población sin discriminación y proporcionar en su próximo informe periódico información detallada al respecto, incluyendo datos estadísticos desagregados sobre el abandono escolar. (Párrafos 26, 45) _____________________________________________ (CAT/C/SLV/CO/2) Fecha en que se presentó el último informe: 5 y 6 de noviembre de 2009 El Comité expresa preocupación en relación a los siguientes temas: Desapariciones forzadas: El fracaso del Estado parte en reparar de manera integral a los niños y niñas víctimas de desapariciones forzadas o involuntarias durante el conflicto armado de 1980 a 1992, y a sus familias. El Comité asimismo nota la insuficiencia de investigaciones, de castigo y la falta de plena reparación y rehabilitación en relación con esos delitos. El Comité acoge favorablemente el trabajo, aún limitado, de la Comisión Interinstitucional de Búsqueda de Niños y Niñas Desaparecidos durante el conflicto armado y el proyecto de restructuración y redefinición de las funciones de dicha Comisión. También acoge con beneplácito la invitación extendida por el Estado parte al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias en 2007. (Párrafo 14) Condiciones de privación de libertad de menores que sufren malos tratos y acceso inadecuado a los servicios de salud y educación: El Comité recomienda que el Estado parte: a) Adopte inmediatamente medidas para reducir el hacinamiento en los centros de detención, en particular mediante la aplicación de medidas alternativas al encarcelamiento, y adopte medidas para mejorar las infraestructuras, las condiciones higiénicas y los servicios de salud. b) Vele por que en todos lugares de detención los acusados estén separados de los condenados, las mujeres de los hombres y los niños de los adultos; c) Proporcione el material, el personal y los recursos presupuestarios necesarios para que las condiciones de encarcelamiento en todo el territorio del país se ajusten a las normas y principios mínimos internacionales en materia de derechos de las personas privadas de libertad; d) Derogue todo tipo de detención "incomunicado"; e) Avance en el desarrollo de programas de resocialización y reintegración de las personas privadas de libertad; f) Adopte medidas urgentes para prevenir violencia entre los reclusos y garantice la investigación pronta, imparcial y exhaustiva en todos hechos de violencia en centros de detención y la sentencia de los responsables. Las quejas judiciales de los reclusos no deberán estar sometidas a un plazo de prescripción; g) Investigue de manera pronta, imparcial y exhaustiva todas las alegaciones de malos tratos a menores privados de libertad y tome urgentemente medidas para impedir los actos de tortura y malos tratos contra menores privados de libertad. El Estado parte deberá además velar por que la privación de libertad sea utilizada como último recurso y por el período más breve, proceder y fomentar el uso de otras medidas que la privación de libertad. (Párrafo 17) Trata de personas: Hay constantes denuncias de casos de trata de mujeres y niños, dentro del país y a través de las fronteras, con fines sexuales u otros. El Comité lamentó que no se investigue, enjuicie y sancione adecuadamente a los funcionarios sospechosos de la comisión de esos actos. Sin embargo, el Comité reconoció los esfuerzos realizados por el Estado para hacer frente a la trata de mujeres y niños, como la creación de un albergue temporal para las mujeres y sus hijas e hijos que han sido víctimas de la explotación sexual comercial y de otra índole, y un albergue de niñas víctimas de trata. (Párrafo 22) ----------------------------------------- Comité Contra la Tortura: Seguimiento a las recomendaciones (Extractos del seguimiento a las recomendaciones del Comité) 2-20 de noviembre de 2009 Condiciones de detención (...) 19. Preocupan especialmente al Comité las condiciones de privación de libertad de los menores, quienes sufren malos tratos y acceso inadecuado a los servicios de salud y educación. (Arts. 11 y 16). El Comité recomienda al Estado parte: (a) Tomar las medidas necesarias para reducir la superpoblación carcelaria, en especial a través de la aplicación de medidas alternativas de privación de libertad, y asimismo mejorar la infraestructura, las condiciones sanitarias y los servicios de salud; (b) Asegurar que las personas acusadas estén separadas de las condenadas, las mujeres de los hombres y los niños de los adultos en todos los lugares de detención; (c) Proporcione el material, el personal y los recursos presupuestarios necesarios para que las condiciones de encarcelamiento en todo el territorio del país se ajusten a las normas y principios mínimos internacionales en materia de derechos de las personas privadas de libertad; (d) Derogue todo tipo de detención "incomunicado"; (e) Avance en el desarrollo de programas de resocialización y reintegración de las personas privadas de libertad; (f) Adopte medidas urgentes para prevenir violencia entre los reclusos y garantice la investigación pronta, imparcial y exhaustiva en todos hechos de violencia en centros de detención y la sentencia de los responsables. Las quejas judiciales de los reclusos no deberán estar sometidas a un plazo de prescripción; (g) Investigue de manera pronta, imparcial y exhaustiva todas las alegaciones de malos tratos a menores privados de libertad y tome urgentemente medidas para impedir los actos de tortura y malos tratos contra menores privados de libertad. El Estado parte deberá además velar por que la privación de libertad sea utilizada como último recurso y por el período más breve, proceder y fomentar el uso de otras medidas que la privación de libertad; Violencia contra la mujer y feminicidio: 21. El Comité nota la creación de 14 Comités Interinstitucionales para la ejecución del Plan Nacional de Violencia Intrafamiliar, la creación de observatorios contra la violencia y también en 2005 la investigación nacional sobre los feminicidios. El Comité toma nota del Anteproyecto de una Ley contra la Violencia hacia las Mujeres y las ferias preventivas con objetivo de informar, educar y comunicar a la población sobre la violencia intrafamiliar. No obstante, el Comité expresa profunda preocupación por la prevalencia de numerosas formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluidos el abuso sexual, la violencia doméstica y las muertes violentas de mujeres (feminicidios). Además, al Comité le preocupa la insuficiencia de las investigaciones rigurosas de los casos denunciados y la impunidad que gozan los autores de tales actos. (Arts. 12, 13 y 16) El Estado parte deberá intensificar sus esfuerzos para asegurar la aplicación de medidas de protección urgentes y eficaces destinadas a prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas, en particular el abuso sexual, la violencia doméstica y las muertes violentas de mujeres. El Comité considera que estos crimines no deberán quedar impunes y el Estado parte tendría que prever recursos humanos y financieros para castigar a los responsables de estos actos. El Estado parte deberá además desarrollar campañas de sensibilización amplias y cursos de capacitación sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, destinados a los funcionarios que están en contacto directo con las víctimas (agentes de las fuerzas del orden, jueces, abogados, trabajadores sociales, etc.) y al público en general. 35. El Comité solicita al Estado parte informe, dentro del término de un año, las medidas implementadas para el cumplimiento de las recomendaciones establecidas en los Párrafos 15, 19 y 21. _____________________________________________ Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/SLV/CO/7) Fecha en que se presentó el último informe: 31 de octubre de 2008 El Comité expresa su preocupación en referencia a los siguientes temas: Trata de mujeres: Las investigaciones de casos de trata de mujeres y niñas son insuficientes y, por consiguiente, se enjuicia y sanciona a un número muy reducido de autores de esos hechos. Además, el Comité está preocupado también por la falta de centros de acogida disponibles para mujeres y niñas víctimas de la trata. Sin embargo, el Comité El Comité observa con satisfacción las medidas adoptadas por el Estado parte para hacer frente al fenómeno de la trata, como la creación del Comité Nacional contra la Trata de Personas, la publicación del manual del Servicio Exterior sobre la lucha contra la trata de personas y la formulación de una estrategia de la Fiscalía General de la República sobre la acción interinstitucional contra la explotación sexual comercial. El Comité insta al Estado parte a que intensifique sus esfuerzos por combatir la trata de mujeres y niñas en todas sus formas. Pide también al Estado parte que reúna y analice datos de la policía y fuentes internacionales, enjuicie y sancione a los tratantes, garantice la protección de los derechos humanos de las mujeres y las niñas víctimas de la trata y provea a su rehabilitación. El Comité pide al Estado parte que vele por que las mujeres y las niñas víctimas de la trata reciban el apoyo adecuado para estar en condiciones de declarar sin temor contra los tratantes. Además, el Comité alienta al Estado parte a preparar programas de concienciación, investigar las causas profundas de la trata, capacitar exhaustivamente a los abogados, los trabajadores del ámbito de la justicia penal, los proveedores de servicios de salud y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre todas las cuestiones relativas a la explotación sexual y la trata y continuar la cooperación bilateral y multilateral con los países vecinos. (Párrafos 25, 26) Educación: El Comité está preocupado por el importante nivel de analfabetismo de las mujeres, en particular en las zonas rurales, y la persistencia de las altas tasas de abandono y repetición en los diferentes niveles de escolarización, que afectan a más niñas que niños. Sin embargo, el Comité observa con reconocimiento las disposiciones no discriminatorias de la ley de educación, las diferentes medidas y programas proactivos para aumentar la participación de las niñas en el sistema escolar, los programas de alfabetización destinados principalmente a las mujeres y la flexibilidad para permitir que las niñas que abandonan la escuela continúen sus estudios. El Comité insta al Estado parte a que siga adoptando medidas proactivas para reducir la tasa de analfabetismo de las mujeres y proporcionando educación, estructurada y no estructurada, a todas las mujeres y niñas, especialmente en las zonas rurales. El Comité insta también al Gobierno a preparar programas para prevenir el abandono de las escuelas por las niñas en la educación primaria y reducir la tasa de abandono de los estudios de las niñas y las jóvenes, incluidas las estudiantes embarazadas y las madres jóvenes, en las escuelas secundarias y las universidades, incluso mediante incentivos destinados a los padres, con el fin de proporcionar a las jóvenes la capacidad y los conocimientos necesarios para participar en el mercado de trabajo en condiciones de igualdad con los hombres. (Párrafos 29, 30) Educación sexual: La alta incidencia de alumbramientos entre adolescente, así como el alto número de abortos ilegales, inclusive entre mujeres muy jóvenes, tienen consecuencias negativas en la salud física y mental de las mujeres. El Comité está también preocupado por la eficacia limitada de los programas de educación sexual destinados a las niñas y los niños en los planes de estudios de las escuelas. También lamenta la falta de información sobre el VIH/SIDA. (Párrafo 35) _____________________________________________ Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/SLV/CO/14-15) Fecha en que se presentó el último informe: 3 y 4 de agosto de 2010 El Comité expresa preocupación en referencia a los siguientes temas: Se niega a las lenguas indígenas la importancia que merecen: Del total comunicado de 47.940 alumnos matriculados en 2009 en los establecimientos educativos, 22.483 pertenecían a pueblos indígenas, pero no todos ellos pueden estudiar en su propio idioma. En cuanto a la educación intercultural bilingüe, el Comité señala el Programa de revitalización de la lengua náhuat-pipil de El Salvador, pero muestra su preocupación por los demás idiomas indígenas. (Párrafo 21) ---------------------------------- Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial: Alerta temprana 13 de marzo de 2009 Recordatorio al Estado parte sobre el seguimiento de las recomendaciones en relación de los derechos de los pueblos indígenas. No hace mención especial a los derechos del niño. _____________________________________________ Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares (CMW/C/SLV/CO/1) Fecha en que se presentó el último informe: 24 y 25 de noviembre de 2008 El Comité expresa preocupación en referencia a los siguientes temas: La situación de los niños en El Salvador, cuyos padres han migrado al exterior, y la falta de información al respecto. El Comité observa que el Estado Parte está realizando un estudio sobre la repercusión de la migración en los niños por conducto del Viceministerio de Relaciones Exteriores para los salvadoreños en el extranjero. El Comité alienta al Estado Parte a que concluya el estudio sobre la repercusión de la migración en los niños y a que divulgue ampliamente sus conclusiones con miras a formular estrategias adecuadas para la protección de los niños de familias migrantes y para que éstos puedan ejercer plenamente sus derechos. (Párrafo 45, 46) El fenómeno de la trata de personas, en especial de mujeres y niños. El Comité recomienda que el Estado Parte evalúe el fenómeno de la trata de personas y que reúna datos desglosados sistemáticos para luchar mejor contra la trata de personas, especialmente las mujeres y los niños, y llevar a los responsables ante la justicia. (Párrafo 48) El fenómeno del tráfico ilícito de migrantes, especialmente de mujeres y niños. El Comité recomienda que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para luchar contra el tráfico ilícito de migrantes, especialmente mujeres y niños, entre otras cosas tomando las medidas pertinentes para detectar el movimiento ilegal o clandestino de trabajadores migrantes y sus familias y llevar a los responsables ante la justicia. (Párrafo 50) _____________________________________________ Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad - Comité contra la Disparición Forzada -
(CCPR/C/SLV/CO/6)
Observaciones finales: 18 de noviembre de 2010
Observaciones finales: 21 de noviembre de 2006
Observaciones finales: 18 de noviembre 2009
Observaciones finales: 7 de noviembre de 2008
Observaciones Finales: 20 de agosto de 2010
Observaciones Finales: 27 de noviembre de 2008
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