Diferentes enfoques de las programaciones basadas en los derechos humanos

Summary: Exploración de algunas de las razones por las
que hay diferencias en los planteamientos
que
van más allá de los aspectos fundamentales
consensuados de las programaciones
basadas
en los derechos humanos.

Si bien la mayoría de las personas están de acuerdo en cuanto a los
principios fundamentales que hay detrás de los planteamientos basados
en los derechos humanos, su interpretación e implementación pueden
variar.

Hay una serie de factores que influyen en el tipo de programaciones
basadas en los derechos humanos que adoptan las organizaciones. En
términos generales, ello dependerá de si se trata de una organización
dedicada a los derechos humanos que se esfuerza por incorporar
aspectos
del desarrollo, o si es una organización dedicada a temas del desarrollo
que intenta adherirse a los derechos humanos. Además, la entidad en
cuestión podrá considerar la realización de los derechos humanos una
aportación más encaminada a cumplir con las metas de la organización, o
bien como un objetivo en sí mismo.

Los grupos provisores de apoyo con los que la organización colabora son
también importantes. Estos grupos pueden consistir en sectores de la
comunidad local y organizaciones no gubernamentales autónomas, o bien
en instituciones financieras internacionales y organismos de las Naciones
Unidas. De modo análogo, el sector en el que trabaja la organización –
niños, mujeres, mundo laboral, discapacidad, comunidades marginadas,
temas de suministro de agua, alimentación, comercio o medio ambiente –
definirá hasta cierto punto la operacionalización de sus programaciones
basadas en los derechos humanos. ¿Qué implicaciones contiene todo
esto?

Las programaciones dependerán en gran parte del tipo de trabajo que
lleva adelante la organización. Por ejemplo, puede tratarse de:

labores realizadas con titulares de derechos para reivindicar sus derechos,
o con titulares de deberes para que cumplan sus obligaciones y
responsabilidades … o ambas cosas.

actividades destinadas a influir en las políticas a seguir, encargándose de
acciones prácticas, aumento del grado de concienciación y movilización de
fuerzas en pro del cambio, o de un punto intermedio entre todas estas
posibilidades.

operaciones llevadas a cabo desde dentro del sistema (como por ejemplo
ayudar a desarrollar los instrumentos de derechos humanos) o bien
relativas a la implementación.

A pesar de estas diferencias aparentes, se debe recordar que las diversas
organizaciones tratan probablemente de alcanzar resultados similares, y
que cada vez se orientan más hacia la consecución de los objetivos
comunes ya definidos en los instrumentos internacionales relativos a los
derechos humanos.

Un reto central que presenta la evolución hacia los métodos de enfocar el
desarrollo humano basados en los derechos es la necesidad de crear una
colaboración óptima entre actuantes y partes interesadas en la realización
de un derecho dado. La realidad será, muchas veces, que hay una cadena
de titulares de deberes que son portadores de diversas
responsabilidades, y que diferentes sujetos interactúan con distintas
partes interesadas (véase el recuadro que sigue).

A rights-based approach to education

Enfoque de la educación basado en los derechos humanos Todos los niños
tienen derecho a recibir una educación de calidad que sea adecuada para
ellos y que contribuya a su desarrollo óptimo (y en última instancia al
desarrollo de su sociedad).

Para poder alcanzar esta meta, recae en los padres la responsabilidad de
asegurarse de que sus hijos cuentan con estas oportunidades, y que se
les presta apoyo sin consideraciones de género, aptitud u otro factor de
discriminación.

A los profesores corresponde la responsabilidad, no sólo de facilitar en sus
clases a los niños las mejores oportunidades educativas que sean capaces
de ofrecerles, sino también de apoyar a los padres.

Es posible que las comunidades ostenten la responsabilidad de prestar
apoyo a los entornos escolares (y tal vez de facilitar el acceso a las
escuelas de aquellos que tienen discapacidades de movilidad).

Los gobiernos locales son depositarios de la responsabilidad de
administrar los recursos, y las instituciones gubernamentales lo son de
aportar la formación del profesorado y los materiales escolares.

El gobierno central es responsable de velar por la disponibilidad de
recursos y de que éstos sean distribuidos de tal forma que todos los niños
tengan a su disposición oportunidades apropiadas etc.

Las instituciones financieras internacionales tienen obligación de no
imponer restricciones en la plena realización de todo lo precedente.

También a los niños corresponden ciertas responsabilidades: hacer uso de
las oportunidades que se les ofrecen, y no interferir con los derechos de
otros niños, por ejemplo, con hostigamientos o prejuicios.

Es posible que haya ciertos espacios dentro de este entramado de
obligaciones que será necesario apoyar. Los padres no cuentan siempre
con las habilidades o los recursos necesarios para poder cumplir con sus
obligaciones, y puede que otras partes interesadas se vean enfrentadas
con limitaciones que superan sus capacidades. Habrá diferentes sujetos
en
la prestación de apoyo que serán mejores que otros para intervenir en
puntos concretos dentro de su propio mandato o del de sus grupos
constituyentes.

Finalmente incluso cuando las organizaciones persiguen metas que son
bastante similares y sus métodos de alcanzarlas son también análogos, es
posible que describan todo esto de formas totalmente diferentes.
Por ejemplo, Mary Robinson, anteriormente Alta Comisionada para los
Derechos Humanos, dice que “el planteamiento basado en los derechos
humanos … significa describir situaciones, no en términos de necesidades
humanas o áreas de desarrollo, sino en términos de la obligación de
responder a los derechos del individuo. Con ello se confiere a las personas
poderes para demandar la justicia como un derecho, no como un acto de
caridad. Y la legitimación de estas demandas hace que se consiga el
equilibrio frente a otras fuerzas menos positivas, lo cual también implica la
participación directa de las personas en las decisiones relacionadas con su
propio desarrollo.” (Ginebra, mayo de 1999)

Esta declaración se puede comparar con el lenguaje empleado por
CARE: “El enfoque que se basa en los derechos humanos deliberada y
explícitamente concentra la atención en que las personas alcancen las
condiciones mínimas para vivir con dignidad (es decir, realizar los derechos
humanos). Ello se consigue exponiendo las raíces de la vulnerabilidad y
marginación, y expandiendo la gama de respuestas.” (Taller de CARE
sobre
los derechos humanos y los planteamientos de las programaciones
basados en los derechos humanos” Agosto de 2000, en Promoting Rights
and Responsibilities (Promoción de derechos y responsabilidades), junio
de
2001)

Apenas hay palabras de uso común en ambas citas (aparte
de “derechos”), y sin embargo en resumidas cuentas vienen a decir más o
menos lo mismo. Lo que realmente importa no es la validez de las
definiciones propugnadas, sino el impacto de emplear en la práctica
enfoques basados en los derechos humanos. Aquí es donde las
diferencias
entre la retórica y la realidad se hacen visibles.

Puntos de partida

Emerging Features of a Rights-Based
Development Policy of UN, Development Cooperation and NGO
Agencies
Nguyen, F

The Human Rights Framework for
Development: Seven Approaches
Marks S

A Rights-Based Approach to
Development: What the policy documents of the UN, development
cooperation and NGO agencies say?
Appleyard S

Países

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