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Summary: Este informe selecciona referencias hechas sobre derechos del niño en las Observaciones finales y procedimientos de seguimiento de los órganos de tratados. No incluyen las Observaciones finales del Comité de los Derechos de la Infancia que están disponibles aquí: http://www.crin.org/resources/treaties/index.asp
Desplácese a: _____________________________________________ _____________________________________________ Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales _____________________________________________ (CAT/C/32/Add.2) Último reporte: 17, 18 y 19 de noviembre de 1997 No hace mención especial a los derechos del niño. _____________________________________________ Subcomité para la Prevención de la Tortura - _____________________________________________ Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/CUB/CO/6) Último reporte: 8 de agosto de 2006 El Comité expresa preocupación con relación de los siguientes temas: Discriminación: Al tiempo que observa que la edad legal mínima para contraer matrimonio es de 18 años, tanto para las niñas como para los niños, el Comité expresa su preocupación por el hecho de que en casos excepcionales se puedan autorizar edades mínimas para contraer matrimonio de 14 años para las mujeres y de 16 años para los varones. (Párrafo 485) El Comité insta al Estado Parte a que modifique la legislación relativa a la edad para contraer matrimonio con vistas a eliminar las excepciones que permiten el matrimonio de mujeres de 14 años de edad y de hombres de 16 años, y a que ponga su legislación en consonancia con el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, según el cual se entiende por niño a todo ser humano menor de 18 años de edad, con el párrafo 2 del artículo 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y con la recomendación general 21 del Comité. ( Párrafo 486) _____________________________________________ Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/CUBA/CO/18) Último reporte: 16-17 de febrero de 2011 El Comité expresa preocupación con relación de los siguientes temas: La trata de seres humanos: El Comité toma nota de la información facilitada por la delegación sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte en la lucha contra la trata de seres humanos, en particular de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, aunque lamenta la falta de información sobre el alcance de la trata interna y la incidencia de este fenómeno entre la población afrodescendiente (art. 5 b)). El Comité pide al Estado Parte que en su próximo informe periódico incluya información detallada, desglosada por sexo, edad, grupo étnico y nacionalidad de las víctimas, sobre el número de investigaciones, condenas y penas impuestas en casos de trata de seres humanos con fines de explotación laboral o sexual. (Párrafo 16) _____________________________________________ Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares - _____________________________________________ Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad - _____________________________________________ Comité contra la Desaparición Forzada -
Conclusiones finales: 21 de noviembre de 1997
Conclusiones finales: 25 de agosto de 2006
Conclusiones finales: 3 de marzo de 2011