Corte Penal Internacional (CPI)

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¿Qué es la CPI?

La Corte Penal Internacional (CPI) es una corte independiente y permanente que juzga a personas acusadas por los crímenes más graves de ámbito internacional, esto es, genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Thomas Lubanga de la República Democrática del Congo se convirtió en la primera persona en ser acusado por la Corte Penal Internacional (CPI) con crimen de guerra al alistar niños de menos de 15 años y usarlos activamente en hostilidades. En enero del 2007, la Cámara de Asuntos Preliminares decidió proceder con un juicio completo a Lubanga.

¿Cuándo pueden ser llevados casos a la CPI?

El Estatuto de Roma, el cual estableció la CPI, entró en vigor en julio de 2002. La Corte no estaba autorizada en procesar cualquier crimen cometido antes de que el Estatuto había entrado en vigor.

Hasta la fecha, el Estatuto ha sido ratificado por 104 países. Esto significa que se comprometen a procesar por crímenes nombrados en la lista del Estatuto de Roma, donde dichos crímenes son cometidos en su territorio o que son perpetrados por uno de sus súbditos.

La CPI está diseñada para asistir a sistemas judiciales nacionales ya existentes. Los casos sólo pueden ser examinados por la CPI cuando cortes nacionales son incapaces o no están dispuestos a investigar o procesar dichos crímenes, actuando así como “corte de último recurso”. La responsabilidad primaria de traer presuntos criminales a la justicia recae en Estados individuales.

Los niños y la CPI

Todos los crímenes bajo la jurisdicción de la CPI afectan a los niños. El genocidio incluye el traslado por la fuerza de niños de un grupo hacia otro, con la intención de destruir grupos particulares, nacionales, raciales, étnicos, o religiosos. Los crímenes de lesa humanidad incluyen el tráfico de niños. Los crímenes de guerra incluye el reclutamiento y uso de niños en conflictos armados, el ataque a escuelas u hospitales y la deliberada muerte por inanición como método de guerra.

El Estatuto de Roma del 17 de julio de 1998 fue el primer tratado que hizo del reclutamiento de niños soldados un crimen bajo la ley internacional. El Protocolo Adicional II de la Convención de Ginebra de 1977 y la Convención sobre los Derechos del Niño (1990) crearon una obligación por parte de los Estados de abstenerse de reclutar niños soldados, pero no se consideró un crimen.

El caso de Lubanga es el primer caso en el que al reclutamiento y uso de niños en fuerzas armadas el cual es un crimen de guerra según el Artículo 8 del Estatuto, un tribunal internacional le da tanta importancia.

Seis niños - que entonces tenían diez años - son citados por la acusación contra Lubanga, la cual estaba dirigida por la milicia de la Unión de Patriotas Congoleses. Sus experiencias reflejan aquellas de cientos de otros niños.

Actualmente la CPI también está investigando crisis en Uganda, Dafur, La República Central de Africa y supervisando la situación en Costa de Marfil. En octubre de 2005 emitió una acusación contra cinco líderes del Ejército de Resistencia del Señor de Uganda incluyendo al comandante Joseph Kony por crímenes de lesa humanidad que incluyen el secuestro y el uso de niños como esclavos sexuales. Los primeros sospechosos de crímenes de guerra de Dafur fueron nombrados en febrero de 2007.


¿Quién puede llevar casos a la CPI?

Los casos pueden ser presentados por un Estado Parte al Estatuto de Roma, por el Fiscal o por el Consejo de Seguridad de la ONU.


¿Qué estipulaciones hace la CPI para las víctimas?

La participación en los actos de la Corte, tomará lugar en la mayoría de los casos a través de un representante legal. Las estipulaciones de víctimas basadas en Estatuto de Roma les da oportunidad a las víctimas de que sus voces sean escuchadas y cuando es adecuado, puedan obtener compensaciones por su sufrimiento.

¿Cómo pueden las ONG participar en el trabajo de la CPI?

A menudo los trabajadores de las ONG que trabajan con la población afectada sobre el terreno son los primeros en presenciar violaciones flagrants de los derechos humanos y la ley humanitaria. Esto da a las ONG un acceso privilegiado a información y a testimonios de las víctimas y testigos, lo que ha llevado a la Corte Penal Internacional (CPI) a pedirles que suministren evidencias vitales y a que aumenten la información sobre las actividades de la CPI sobre el terreno.

Sin embargo, mientras muchas ONG apoyan los objetivos y mandato de la CPI, el compromiso con la Corte presenta algunos retos:

  • Si las investigaciones de la CPI se llevan a cabo durante un conflicto en curso, la asociación con la investigación puede potencialmente poner a niños y a sus familias en peligro.
  • La CPI es un cuerpo político; asociarse con ella puede minar la postura imparcial de las ONG, lo que puede afectar la seguridad de las personas con las que trabajan y de los miembros del personal, así como al acceso a comunidades donde ellos quieren trabajar.
  • Su naturaleza política también implica que los procesos de paz locales podrían ser interrumpidos.
  • En la práctica, el recolectar pruebas puede ser difícil porque la mayoría de los miembros de las ONG no han sido entrenados para dicho propósito.
  • La primera prioridad de las ONG es proteger la confidencialidad de sus beneficiarios.
  • Las ONG podrían no tener la capacidad de documentar apropiadamente las violaciones citadas.


¿La Coalición para la CPI?

La Coalición por la Corte Penal Internacional es una red global con más de 2.000 ONG las cuales abogan por una Corte justa, efectiva e independiente.

Información sobre cómo su ONG puede convertirse en miembro aquí

¿Cuál es la diferencia entre la Corte Penal Internacional y la Corte Penal Internacional de Justicia?

La Corte Penal Internacional de Justicia es un tribunal civil que se ocupa principalmente de disputas entre Estados. La Corte Penal Internacional de Justicia es uno de los principales órganos judiciales de la ONU, mientras que la Corte Penal Internacional es independiente de la ONU. La sede de ambas está en La Haya, Países Bajos.

Estados Unidos y la Corte Penal Internacional

El ex-presidente de los Estados Unidos Bill Clinton firmó el Estatuto de Roma el 31 de diciembre de 2000. Al poco de que la administración Bush entrara en poder, y poco antes de la entrada en vigor del Estatuto el 1 de julio del 2002, el por entonces Presidente de los Estados Unidos George W. Bush canceló la firma de Clinton el 6 de mayo del 2002. Durante el resto del mandato de Bush,  Estados Unidos lanzó una campaña en toda regla en contra de la CPI, afirmando que podría iniciar acusaciones políticamente motivadas en contra de los ciudadanos estadounidenses. También incluyó inmunidad bilateral de acuerdos y el rechazo de ayuda a países miembros de la CPI. Sin embargo, en noviembre del 2006, Estados Unidos emitió una renuncia limitada en dichos recortes de ayuda.

Países

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