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Marco Antonio Servellón García (edad 16 años), Roxy Alexis Betancourt Hernández (edad 17 años), Diómedes Obed García (edad 18 años), y Orlando Álvarez Ríos (edad 32 años) fueron arrestados entre el 15 y 16 de Septiembre de 199, durante una operación conducida en ese tiempo por la Fuerza de Seguridad Pública de Honduras. Los cuatro jóvenes fueron ejecutados extrajudicialmente por agentes del Estado, el 17 de Septiembre de 1995. Sus cuerpos muertos fueron encontrados al aire libre en diversas partes de la ciudad de Tegucigalpa, Honduras.
La Corte Inter-Americana dictaminó incumplimientos sobre los siguientes derechos bajo la Convención Americana de Derechos Humanos: derecho a la vida (Artículo 4); derecho a trato humano (Artículo 5); derecho a libertad personal (Artículo 7); derecho a un juicio justo (Artículo 8), y derecho a protección judicial (Artículo 25); y además, con respecto a Marco Antonio Servellón García y Rony Alexis Betancourt Hernández, los derechos del niño (Artículo 19).
La Corte ordenó al Estado hacer un número de reformas institucionales y sociales, incluyendo:
- el entrenamiento del personal de trabajo con juventud ‘en riesgo’;
- diseñar una campaña pública de consciencia para proteger a niños de la violencia;
- crear mecanismos para asegurar un proceso íntegro en casos de ejecuciones de niños.
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