MÉXICO: Día internacional de la "Desaparición Forzada de Personas"

Las organizaciones abajo firmantes manifestamos nuestra más profunda preocupación por la grave situación del derecho a la libertad en el Estado de Nuevo León. En nuestra entidad, personas de todas edades y de todas extracciones han perdido su libertad de forma ilegal, contra su voluntad y en muchos casos con la complicidad de las autoridades. Como lo es el caso de Diana, Adriana y Julio César, desaparecidos del albergue CAIFAC, las múltiples víctimas de desapariciones forzadas y los setenta y dos migrantes que fueron asesinados a principios de esta semana por resistirse a trabajar para narcos.

Hace dos años desaparecieron Diana, Adriana y Julio César de la casa hogar CAIFAC, dónde se suponía serían cuidados. Las autoridades han sido renuentes a investigar apropiadamente y a tomar las medidas pertinentes para ejecutar la orden de aprehensión pendiente... las niñas/o siguen desaparecidos y las autoridades nada hacen.

Muchas personas han desaparecido de las calles de nuestro Estado. Múltiples testigos han afirmado que fueron llevadas por policías municipales, estales y federales o por elementos del ejército, pero dichas autoridades niegan saber nada del asunto. Las autoridades investigadoras han sido extremadamente negligentes al integrar las averiguaciones previas, no son diligentes al investigar pistas y toman muestras de ADN de forma inadecuada... las personas siguen desapareciendo y las autoridades nada hacen.

Las 72 personas que fueron halladas muertas en una fosa clandestina eran migrantes que buscaban una mejor vida para su familia. El drama no es nuevo, organizaciones de derechos humanos y la propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos han documentado por años las graves violaciones a los derechos fundamentales de la población migrante, han alertado de la desaparición sistemática, pero las autoridades han hecho caso omiso a esta grave situación, muchas veces ellas mismas los entregan a la delincuencia organizada... los migrantes siguen desapareciendo y las autoridades nada hacen.

En todos estos casos el común denominador es que las personas están perdiendo su libertad y se desvanecen de sus familias sin que éstas logren una respuesta. En todos estos casos la negligencia o la complicidad de las autoridades ha sido central para que la violación se cometa y para que la impunidad sea patente. Las autoridades siguen enfrascadas en una supuesta guerra por la seguridad, pero en ese despliegue de fuerza lo que menos importa es el ciudadano común, importa la seguridad de las autoridades, los casos de los demás, de los pobres, son olvidados.

Exigimos que las autoridades de todas las esferas de gobierno asuman su responsabilidad de garantizar los derechos humanos y la libertad de todas y todos. Exigimos que todos estos casos sean investigados adecuadamente y los responsables sean llevados ante una justicia eficaz y transparente. Exigimos ver a los que ahora nos faltan. Exigimos respuestas claras. Exigimos que las personas dejen de desaparecer en nuestro estado.

Alternativas Pacíficas, A.C.
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C.
Comité Eureka, Familiares de Desaparecidos y ciudadanía preocupada por la situación
Día internacional de la "Desaparición Forzada de Personas" 30 de agosto

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES PARA PROTEGER
DESAPARICIONES FORZADAS DE LAS PERSONAS

1980 El Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

1983 Resolución de la Organización de Estados Americanos (OEA).

1989 Primera sentencia de condena a un Estado por pare de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Fueron los antecedentes para que:

1992 La Asamblea General de Naciones Unidas, adopta la "Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas". Resolución 47/133 de 18 de diciembre 1992. Aquí no establecía obligación jurídica vinculante a los estados.

1994 La Organización de Estados Americanos (OEA) adopta la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de personas".

1998 El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hace la tipificación universal.

2006 La Asamblea General de Naciones Unidas, aprobó el 20 de diciembre de 2006 el texto de la "Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas" (tras más de 25 años de desarrollo),

2007 El 6 de febrero de 2007, se firmó en Paris la Convención Internacional, en una ceremonia donde asistieron representantes de los 53 países signatarios, y en la que 20 de ellos la ratificaron inmediatamente. En abril de 2007 la lista de los países que ratificaron la Convención ascendía a 59 naciones.

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La desaparición forzada es un delito complejo, múltiple y acumulativo, ya que atenta contra un conjunto diverso de derechos fundamentales, que también es definida como un abuso continuo, ya que la víctima entendida como figura sujeto titular del derecho se extiende a los familiares. Estos sufren en el tiempo el daño de la ausencia de sus allegados desaparecidos cuya suerte no se esclarece y de la impunidad de los autores, que no comparecen ante la justicia, llegando a padecer síndrome de estrés postraumático , como se reconoce en las sentencias judiciales.

El Estado en su conjunto es quien debe responder por las desapariciones forzadas: "Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas".

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