HAITÍ: El terremoto de Haití y la adopción internacional de niñas y niños

Los recientes eventos trágicos de Haití ponen de manifiesto la necesidad de asegurar las salvaguardas adecuadas para proteger a los niños vulnerables, que se encuentran en riesgo de ser víctimas de adopciones ilegales, sustracción, venta y tráfico de niños.

La Oficina Permanente de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ha dirigido una nota de información (adjunta) a las autoridades designadas bajo el Convenio de 1993 sobre Adopción Internacional, a los Estados y organizaciones internacionales, sobre los principios que deberían ser observados para prevenir el riesgo de explotación de los niños desplazados a otros países tras un desastre natural. A continuación se ofrecen unos extractos de la Nota de Información:

“En una situación de catástrofe, como la generada por el terremoto, se deberá priorizar los esfuerzos por reunificar al niño con sus padres o con los miembros de su familia. Asimismo, se deberá evitar los intentos prematuros e irregulares de organizar la adopción de ese niño en el extranjero.

Si la adopción ha sido finalizada ante los Tribunales de Haití y se han cumplido todas las salvaguardas, pero aún no se han completado algunos procedimientos administrativos (e.g. relativos a la documentación de viaje), sería justificable acelerar el traslado del niño al Estado donde vivirá con sus padres adoptivos. Es indispensable que se verifique la identidad del niño antes de la partida.

Un desastre humanitario como el terremoto no debe constituirse en la razón para obviar las salvaguardas necesarias para una adopción segura.

La razón de estas medidas es evitar una situación en la cual el niño es entregado a los futuros padres adoptivos y comience el proceso de creación de lazos afectivos e integración, pero luego debe finalizar debido a que surgen obstáculos legales o irregularidades. Ello perjudicaría al niño y expondría a los padres adoptivos a una situación de angustia.

Estas consideraciones se aplican del mismo modo en situaciones de emergencia. En efecto, en una situación en la que los servicios de cuidado y protección del niño no funcionan y/o se encuentran colapsados, como en Haití, los riesgos de que la adopción sea “insegura” son aún mayores. Es por ello que en estas situaciones trágicas, el énfasis debe estar puesto en primer lugar en la protección del niño, más que en la adopción.

Debería realizarse un enfoque coordinado de todos los Estados de recepción, de las organizaciones internacionales y ONGs con el fin de brindar una solución común. También debería brindarse ayuda humanitaria y auxilio para estos niños y para todos los niños necesitados de Haití.

El Convenio de La Haya de 1993 refuerza los principios de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. El Convenio de 1993 establece un marco para asegurar que las

adopciones internacionales sean realizadas en el interés superior del niño, en el respeto de sus derechos fundamentales y observando todas las salvaguardas necesarias para prevenir la sustracción, la venta o el tráfico de niños. Más de 80 Estados, incluidos casi todos los Estados de recepción de niños adoptivos son parte del Convenio de La Haya de 1993. Aunque Haití no es parte del Convenio, los Estados de recepción deberían aplicar sus normas y salvaguardas (garantías).

La Conferencia de La Haya solicita a Haití y a los Estados de recepción de niños que observen éstas salvaguardas para proteger a los niños de los daños que podrían derivarse de ésta trágica situación.

*La Conferencia de La Haya es una organización intergubernamental con sede en los Países Bajos que trabaja en la armonización de las reglas de Derecho Internacional Privado. Cuenta con 69 Estados miembros situados en todos los continentes y una Organización que también es miembro (Unión Europea). Más de 130 Estados son Partes, de al menos uno o más Convenios de La Haya. En esencia, el objetivo de la organización es tender puentes entre los distintos sistemas jurídicos, respetando su diversidad. De este modo se refuerza la seguridad jurídica de las personas privadas - un rol esencial en un mundo globalizado, donde se necesitan reglas y directrices.

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