COSTA RICA endurece ley contra explotación sexual comercial

[19 de julio de 2007] - Costa Rica endureció el pasado miércoles sus leyes contra la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, prohibiendo la posesión de pornografía infantil y extendiendo el tiempo de prescripción de los delitos sexuales contra personas menores de edad.

La nueva “Ley para el fortalecimiento de la lucha contra la explotación sexual de personas menores de edad”, castiga con uno a cuatro años de prisión la comercialización, transporte o ingreso al país de material pornográfico infantil y penaliza su tenencia.

En lo que respecta a la producción de pornografía, la reforma amplia la protección, no solo a la imagen, sino también a la voz de las personas menores de edad.

Al firmar las reformas, el presidente costarricense, Oscar Arias, declaró que el país debe enfrentar su problema de explotación sexual. “Somos al mismo tiempo víctimas y cómplices de muchos de los males que nos aquejan," afirmó el mandatario, quien valoró como un gran logro la aprobación de la ley aunque reconoció la necesidad de trabajar para poner fin a la tolerancia social de la explotación sexual comercial, “toda cura presupone la existencia de la enfermedad y esta enfermedad se ha expandido en nuestro país sin que todavía hayamos podido erradicarla”, manifestó Arias.

La reforma legal prohíbe la posesión de pornografía infantil por primera vez, y castiga el sexo con personas menores de 13 años con hasta 16 años de prisión.

Proceso de Reforma

Desde hace más de una década, la Comisión Nacional Contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (CONACOES), instancia compuesta por instituciones públicas y de la sociedad civil, para la coordinación de las políticas dirigidas a enfrentar este flagelo, ha procurado la actualización del marco jurídico para la protección de los derechos de las personas menores de edad, víctimas de explotación sexual comercial y la penalización de los responsables de cometer estos delitos.
En esta reforma, la OIT, a través del Proyecto contribución a la prevención y eliminación de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes en Centroamérica, Panamá y República Dominicana, ha venido prestando asistencia técnica para la adecuación legislativa, de acuerdo a los compromisos emanados de la ratificación del Convenio 182 sobre la prohibición y eliminación del as peores formas de trabajo infantil.
La Explotación Sexual Comercial consiste en la utilización de personas menores de 18 años de edad para relaciones sexuales remuneradas, pornografía, utilización de niños y espectáculos sexuales, donde existe además un intercambio económico o pago de otra índole para la persona menor de edad o para un tercero intermediario de la explotación sexual.

Es una grave violación de los derechos fundamentales de las personas menores de 18 años y una forma de explotación económica similar a la esclavitud y al trabajo forzoso, que implica un delito para quienes utilizan a niños, niñas y adolescentes en el comercio sexual.

Fuentes: Reuters, Al Día

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