ARGENTINA: La violación doméstica de derechos humanos. Un problema de política pública (25 de noviembre del 2005)

Summary: Durante décadas, la noción hegemónica sobre derechos humanos suponía que su violación sólo podía efectuarse en el ámbito de lo público. Por ende, que las relaciones familiares se encontraban ajenas (o preservadas) de una lectura política sobre sus formas de expresión. El silencio y el ocultamiento sobre las más variadas formas de violencia contra mujeres, niñas y niños parecía un denominador demasiado común de las visiones que preferían únicamente mostrar las facetas más agradables de las relaciones familiares.

 

En las últimas décadas, estos enfoques han sido transformados. Los movimientos de mujeres en todo el mundo fueron haciendo visible la extensión y gravedad de la violencia contra las mujeres. Y en la Argentina, como señala Haydée Birgin, fue con la vuelta a la democracia en 1983, que el problema de violencia contra las mujeres se incorpora en la agenda pública. La primera ley sobre violencia contra las mujeres es de 1992, y fue aprobada en Tierra del Fuego. Dos años después, se aprobó la Ley Nacional N° 24.417, y luego las distintas provincias fueron ajustando sus legislaciones para atender este problema.

En el ámbito internacional, en 1993 la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos, reconoció a la violencia contra las mujeres como un problema de derechos humanos e instó a los Estados a incentivar todas las acciones a su alcance para atender este problema. En 1994, el sistema interamericano de derechos humanos sancionó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.

Estos avances, indudablemente significativos, requieren sin embargo de mayores esfuerzos para atender el problema en profundidad.
En nuestro país, pese a las recomendaciones del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres, no se cuenta aún con información estadística sistemática y confiable que permita conocer la magnitud del problema. La invisibilidad que primaba décadas atrás en la arena política, hoy se presenta cuando se intenta conocer la extensión, las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres. Se conocen casos aislados, o casos denunciados, pero no se produce información sistemática que permita atender el problema como tal.

Existe otra invisibilización sistemática vinculada a la violencia contra las mujeres: la de los patrones de masculinidad que se encuentran presentes en los sujetos que golpean. Los estereotipos de rudeza y autoridad tan frecuentemente asociados con la virilidad, en representaciones y prácticas sociales, así como la cotidiana confirmación de patrones, no deja de ser asombrosa. Democratizar las relaciones familiares, supone también actuar sobre estos estereotipos.

Será importante profundizar en políticas de prevención que tomen en cuenta la mirada sobre los vínculos intra-familiares y los sistemas de autoridad que se ejercen en las familias entre generaciones y géneros. La violencia contra mujeres, niñas y niños constituye una violación demasiado extendida de sus derechos humanos.

 

Owner: Eleonor Faur

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